Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 207

Fecha del Boletín 
01-09-2011

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110901-40

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO

RÉGIMEN ECONÓMICO

40
Modificación ordenanzas fiscales

El Pleno del Ayuntamiento de Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago, en su sesión celebrada el día 25 de junio de 2011, aprobó inicialmente la modificación de las ordenanzas fiscales, acuerdo que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo durante el período de exposición pública.

En cumplimiento de la legislación vigente, se hace público el texto íntegro de las ordenanzas fiscales:

— Ordenanza reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana: se fija el tipo impositivo para el ejercicio 2012 en 0,43 por 100.

— Ordenanza reguladora de la expedición de tasa por licencia urbanística: se fija el tipo impositivo en el 2 por 100.

— Ordenanza reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana: se fija el tipo impositivo en un 22 por 100.

Se fija una bonificación de las transmisiones mortis causa del 80 por 100 en las transmisiones entre parientes de primer grado y del 50 por 100 en el resto de transmisiones mortis causa.

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime conveniente.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Gargantilla del Lozoya, a 19 de agosto de 2011.—El alcalde, Rafael García Gutiérrez.

(03/29.487/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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