Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
23-08-2011

Sección 1.4.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110823-19

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

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NOTIFICACIÓN de petición de informe a Inspección de Trabajo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), se hace saber a los interesados a continuación relacionados que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18.3 del Reglamento General sobre Procedimientos para la Imposición de Sanciones por Infracción de Orden Social y para los Expedientes Liquidatorios de Cuotas de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo (“Boletín Oficial del Estado” de 3 de junio), en relación con el artículo 42.5.c) de la supracitada Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del 27), en el procedimiento sancionador referenciado se ha procedido a solicitar informe preceptivo al Inspector de Trabajo actuante en relación con el escrito de alegaciones formulado en el expediente y, por tanto, de conformidad con lo previsto en los preceptos legales citados, el plazo máximo legal para resolver el procedimiento y notificar la Resolución, queda suspendido desde esta fecha hasta la recepción del informe, sin que en ningún caso el tiempo de suspensión por esta causa pueda ­exceder de tres meses.

Infractor. — CIF. — Último domicilio. — Acta. — Importe

Cobaralba, Sociedad Limitada. — B-02383917. — Calle Marzo, número 5, bajo, 02002 Albacete. — 666/2011. — 15.000 euros.

Madrid, a 27 de julio de 2011.—La Directora General de Trabajo, PS (Orden 2982/2011, de 21 de julio), el Director General de Ordenación y Acreditación Profesional, Valentín Bote Álvarez-Carrasco.

(03/28.948/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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