Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
02-08-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110802-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

EDICTO

97
Demanda 760 de 2011

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario del Juzgado de lo social número 9 de Madrid y su provincia.

Hago saber: Que por resolución del día de la fecha dictada en los presentes autos, seguidos a instancias de don Sergio Cuesta Cuadrado y don Juan José Cabezudo Casado, contra “Avances y Tecnologías del Mantenimiento, Sociedad Limitada”, “Borgers, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por procedimiento ordinario, registrado con el número 760 de 2011, se ha acordado citar a “Avances y Tecnologías del Mantenimiento, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 19 de septiembre de 2012, a las nueve y treinta horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 9, sito en la calle Princesa, número 3, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación en legal forma a “Avances y Tecnologías del Mantenimiento, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 13 de julio de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/26.920/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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