Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
29-07-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110729-178

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

178
Demanda 556 de 2010

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 556 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Teresa Ledesma Durán y don Marcelino Andrade, contra la empresa “Glomen Corporation, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 15 de diciembre de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 556 de 2010

En Madrid, a 15 de diciembre de 2010.—Doña Susana García Santa Cecilia, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, tras haber visto los presentes autos números 556 y 561 de 2010, acumulados, sobre reclamación de cantidad, en los que han sido partes: como demandantes, doña María Teresa Ledesma Durán, asistida por la letrada doña Clara Argentina Tomás Azorín, y don Marcelino Andrade, que citado en forma no comparece, y como demandada, “Glomen Corporation, Sociedad Limitada”, que citada en legal forma no comparece, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los artículos citados, así como los demás de general aplicación,

Fallo

Se tiene por desistido de su demanda a don Marcelino Andrade. Se estima la demanda interpuesta por doña María Teresa Ledesma Durán, contra “Glomen Corporation, Sociedad Limitada”, y declaro el derecho de la demandante a percibir la cantidad de 1.552,84 euros por los conceptos que se dicen en el hecho probado segundo de esta sentencia, así como la que corresponda en concepto de intereses, de acuerdo con lo dicho en el fundamento de derecho segundo, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por esta declaración y a abonar a la demandante los citados importes.

Hágase saber al notificar la presente que es firme y contra la misma no cabe recurso ordinario alguno.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Glomen Corporation, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de junio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.150/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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