Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
28-07-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110728-258

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEGOVIA NÚMERO 1

EDICTO

258
Procedimiento 809 de 2010

Doña Ángeles Bermúdez Méndez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Segovia.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de doña M. Estela Martín Criado, contra “Grupo Eniar, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por cantidades (ordinario), registrado con el número 809 de 2010, se ha acordado citar a “Grupo Eniar, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 7 de febrero de 2012, a las diez, treinta y una horas, para la celebración de los actos de juicio y conciliación el mismo día, a la diez y veinte horas, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 1 de Segovia, sito en la calle Domingo de Soto, número 3, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Eniar, Sociedad Anónima”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Segovia, a 13 de junio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.048/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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