Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
28-07-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110728-211

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

211
Ejecución 218 de 2010

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 218 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Sanchidrián Matesanz, contra don José Manuel Gil Acacio, doña María Cabrera Sainz, “Mak Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, y “Make Fest, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia.—En Madrid, a 9 de diciembre de 2010.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que tuvo entrada en este Juzgado el anterior escrito presentado por la parte actora solicitando la ejecución del auto de conciliación de fecha 29 de julio de 2010. Asimismo se hace constar que ha tenido entrada en este Juzgado escrito presentado por la parte actora solicitando la insolvencia de la demandada.—Doy fe.

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña María Luisa Gil Meana.—En Madrid, a 9 de diciembre de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución del auto de conciliación de fecha 29 de julio de 2010 a favor de la parte ejecutante don Pedro Sanchidrián Matesanz, frente a la parte ejecutada, en forma solidaria, “Mak Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, “Make Fest, Sociedad Limitada”, don José Manuel Gil Acacio y doña María Cabrera Sainz, por un principal de 15.000 euros, más la cantidad de 900 euros de intereses y 1.500 euros de costas, calculados provisionalmente sin perjuicio de ulterior liquidación.

Decreto

Secretario judicial, don David Atienza Marcos.—En Madrid, a 9 de diciembre de 2010.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: El embargo de los bienes de don José Manuel Gil Acacio, doña María Cabrera Sainz, “Mak Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, y “Make Fest, Sociedad Limitada”, designados por la ejecutante, en concreto, los bienes que se encuentren en el domicilio de los ejecutados, librándose al efecto testimonio de la presente resolución, con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid, al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las cuales se despacha ejecución, y a quienes servirá la presente resolución de mandamiento en forma, pudiéndose solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios materiales y personales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende, librándose al efecto los despachos necesarios para su efectividad.

Requerir a don José Manuel Gil Acacio, doña María Cabrera Sainz, “Mak Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, y “Make Fest, Sociedad Limitada”, a fin de que manifiesten relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionados, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presenten la relación de sus bienes, incluyan en ella bienes que no sean suyos, excluyan bienes propios susceptibles de embargo o no desvelen las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérseles también multas coercitivas periódicas.

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de los deudores que les consten.

Notifíquese la presente resolución.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don José Manuel Gil Acacio, doña María Cabrera Sainz, “Mak Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, y “Make Fest, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de junio de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/25.132/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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