Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
28-07-2011

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110728-71

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL ATAZAR

RÉGIMEN ECONÓMICO

71
Modificación ordenanza tasa celebración matrimonio civil

Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de El Atazar, adoptado en fecha 17 de febrero de 2011, sobre aprobación de la ordenanza fiscal reguladora del mismo, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CELEBRACIÓN DE MATRIMONIO CIVIL Y DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE UNIONES DE HECHO

Se modificará el artículo 5, “Cuota tributaria”, que modificará la tarifa del epígrafe primero de la siguiente manera:

— “Epígrafe primero.—Por cada celebración de matrimonio civil que se celebre el día y hora prefijado para tal celebración, no empadronado: 250 euros.”

Y se añadirá un nuevo concepto con la siguiente tarifa:

— “Epígrafe quinto.—Por cada inscripción de parejas de hecho o baja en el Registro Municipal de Uniones de Hecho: 30 euros.”

DISPOSICIÓN FINAL

La presente modificación entrará en vigor una vez publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.

Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

En El Atazar, a 30 de junio de 2011.—El alcalde, Juan Pablo Lozano García.

(03/26.233/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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