Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
28-07-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110728-255

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 10

EDICTO

255
Procedimiento ordinario 532 de 2010

Doña Celia Martín Peñalver, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 532 de 2010, a instancias de la parte actora don Francisco Ávila Villalba, contra don Alejandro Latorre Atienza, don Francisco Javier Ramos Torres, don Armando Betancourt Álamo y “Teconsa (Málaga)”, sobre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha 14 de junio de 2011 del tenor literal siguiente:

Sentencia número 266 de 2011

En Málaga, a 14 de junio de 2011.—Vistos por su señoría ilustrísima doña María del Rosario Muñoz Enrique, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 10 de los de Málaga y su provincia, los presentes autos número 532 de 2010, seguidos a instancias de don Francisco Ávila Villalba, contra la empresa “Teconsa” y contra el Fondo de Garantía Salarial, habiendo sido citados en calidad de administradores del concurso don Francisco Javier Ramos Torres, don Armando Betancourt Álamo y don Alejandro Latorre Atienza, sobre cantidad, en nombre de Su Majestad el Rey dicta la siguiente sentencia:

Fallo

1. Que estimando la demanda sobre reclamación de cantidad formulada, debo condenar y condeno a la empresa “Teconsa” a que abone a don Francisco Ávila Villalba la cantidad de 3.893,34 euros, de los que 3.607,57 euros corresponden al principal y 285,77 euros al interés por mora.

2. Se condena, asimismo, al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por esta condena.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los autos y hágase saber a las partes que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia, recurso que habrá de anunciarse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de esta resolución, mediante escrito o comparecencia ante el Juzgado, debiendo de consignar en metálico o mediante aval bancario, en el caso de que el recurrente no gozare del beneficio de justicia gratuita, en la entidad “Banesto”, cuenta número 1835/0000/65/0532/10, al anunciar el recurso el importe de la condena y la cantidad de 150,25 euros al tiempo de interponerlo.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado don Armando Betancourt Álamo, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamiento.

En Málaga, a 23 de junio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.679/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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