Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
18-07-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110718-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

109
Demanda 1.672 de 2010

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.672 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Diego de Dueñas García, contra la empresa “Auditoría Global de Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimo la demanda del actor don Diego Dueñas García y declaro debida la cantidad reclamada con su demanda.

En consecuencia, condeno a la demandada “Auditoría Global de Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, a que abone al actor la cantidad de 631,90 euros de principal.

Asimismo, declaro la mora de la demandada y a las anteriores cantidades se les incrementará el 10 por 100 de interés anual.

También declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, que responderá de forma subsidiaria hasta el límite de la cantidad objeto de condena, no haciéndose extensiva la declaración de mora a dicho organismo.

Esta sentencia no tiene recurso por razón de su cuantía, y adquiere firmeza con la notificación.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Auditoría Global de Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de junio de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.697/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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