Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
06-07-2011

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110706-53

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO MEDIANO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

53
Delegación competencias

A los efectos del artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprobó el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público lo resuelto por esta Alcaldía el día 13 de junio de 2011.

En el ejercicio de cuantas atribuciones me confieren los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 43.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprobó el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (en lo sucesivo ROF), delego en los tenientes de alcalde que se mencionan cuantas atribuciones se indican:

1. Teniente de alcalde, don Francisco Javier Lozoya Espinosa: personal y festejos.

2. Teniente de alcalde, don José Antonio Blasco Fraile: obras y servicios, seguridad ciudadana y ganadería.

3. Teniente de alcalde, doña Luz María del Amo Horga: cultura y turismo.

4. Teniente de alcalde, don Fernando Sanjurjo Laguna: sanidad, medio ambiente, urbanizaciones, comunicación y nuevas tecnologías.

Las atribuciones que se delegan en los tenientes de alcalde mencionados abarcan a la dirección interna y a la gestión de los servicios correspondientes, no incluyéndose la facultad de resolver mediante actos administrativos que afectan a terceros.

Collado Mediano, a 14 de junio de 2011.—La alcaldesa-presidenta (firmado).

(03/23.166/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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