Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
30-06-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110630-182

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

182
Demanda 211 de 2010

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 211 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Claudio Coftas, don Pablo Ayuso Huertes, contra la empresa “Pancuto, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia del tenor literal siguiente:

Sentencia número 33 de 2011

En Madrid, a 1 de febrero de 2011.—Vistos por el ilustrísimo señor don Ángel L. del Olmo Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 25 de Madrid, los presentes autos número 211 de 2010, seguidos a instancias de don Pablo Ayuso Huertes, con documento nacional de identidad número 375938-A, y don Claudiu Cotfas, con número de identificación de extranjería X-9280254-F, asistido por la letrada doña Esmeralda Toledo Carballo, contra la empresa “Pancuto, Sociedad Limitada”, quien no compareció pese a estar citada en legal forma, en reclamación sobre cantidad, en los mismos se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que con estimación de la demanda deducida por don Pablo Ayuso Huertes y don Claudiu Cotfas, contra la empresa “Pancuto, Sociedad Limitada”, en reclamación sobre cantidad, debo condenar y condeno a la empresa “Pancuto, Sociedad Limitada”, a que abone a los actores las siguientes cantidades:

Para don Pablo Ayuso Huertes, la suma de 1.578,76 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Claudiu Cotfas, la suma de 4.391,11 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial de conformidad al artículo 33.1 del Estatuto de los Trabajadores.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Pancuto, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.402/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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