Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 130

Fecha del Boletín 
03-06-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110603-186

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

186
Demanda 909 de 2010

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 909 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Patricia Pastor Abad, don Gregorio Martínez Fernández, don Carlos Aguado Pantoja, don Paulino Calle Rubio, doña María del Mar Rodríguez Moreno, doña María del Carmen López Gómez, doña María Eugenia Martín Valero, don Ángel Delgado Fernández, doña Ana Isabel Campos Morato, doña María Teresa González Arroyo, don Miguel Ángel Sánchez Macías, doña Mercedes Carranza Santos, doña Ana Isabel Gil López, doña Tamara Santos Hidalgo, don Javier Sánchez Candil, don Manuel Alcántara Guardia, doña María del Carmen González Álvarez, don José María Bedoya Ramos, don Miguel Ángel Mora Malagón, don Juan Bartolomé Eliche Moreno, don Francisco José Fernández Fernández y don Antonio Ponzano Bartolo, contra las empresas “Capeans, Sociedad Anónima”, “Distribuciones Comerciales Van Rym, Sociedad Limitada”, don Jesús María Verdes Lezana, don Pedro Bautista Martín y don Lucio Edilberto Freire, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia.—En Madrid, a 4 de mayo de 2011.

Ante la ilustrísima magistrada-juez de este Juzgado de lo social número 11 doña María Romero-Valdespino Jiménez y con mi asistencia, la secretaria judicial, doña Encarnación Gutiérrez Guío y a los efectos de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio para el día de hoy, comparecen: como demandantes, doña Patricia Pastor Abad, don Gregorio Martínez Fernández, don Carlos Aguado Pantoja, don Paulino Calle Rubio, doña María del Mar Rodríguez Moreno, doña María del Carmen López Gómez, doña María Eugenia Martín Valero, don Ángel Delgado Fernández, doña Ana Isabel Campos Morato, doña María Teresa González Arroyo, don Miguel Ángel Sánchez Macías, doña Mercedes Carranza Santos, doña Ana Isabel Gil López, doña Tamara Santos Hidalgo, don Javier Sánchez Candil, don Manuel Alcántara Guardia, doña María del Carmen González Álvarez, don José María Bedoya Ramos, don Miguel Ángel Mora Malagón, don Juan Bartolomé Eliche Moreno, don Francisco José Fernández Fernández y don Antonio Ponzano Bartolo, representados por el letrado don Jaime Tomás Azorín, colegiado número 80.425, y como demandados, “Capeans, Sociedad Anónima”, “Distribuciones Comerciales Van Rym, Sociedad Limitada”, don Jesús María Verdes Lezana, don Pedro Bautista Martín y don Lucio Edilberto Freire, no comparecen, y Fondo de Garantía Salarial, representado por doña Begoña Criado Escalonilla.

Los demandantes manifiestan que habiéndose certificado por la administración concursal los créditos reclamados y habiéndose abonado por el Fondo de Garantía Salarial las cantidades que se hace referencia en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores, se procede a desistir de su demanda.—Doy fe.

Su señoría ilustrísima oídas las manifestaciones, pronuncia el siguiente auto:

Auto

En Madrid, a 4 de mayo de 2011.—Vistos por mí, doña María Romero-Valdespino Jiménez, ilustrísima señora magistrada-juez de lo social número 11 de Madrid, los presentes autos, dicto la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se tiene por desistidos a doña Patricia Pastor Abad, don Gregorio Martínez Fernández, don Carlos Aguado Pantoja, don Paulino Calle Rubio, doña María del Mar Rodríguez Moreno, doña María del Carmen López Gómez, doña María Eugenia Martín Valero, don Ángel Delgado Fernández, doña Ana Isabel Campos Morato, doña María Teresa González Arroyo, don Miguel Ángel Sánchez Macías, doña Mercedes Carranza Santos, doña Ana Isabel Gil López, doña Tamara Santos Hidalgo, don Javier Sánchez Candil, don Manuel Alcántara Guardia, doña María del Carmen González Álvarez, don José María Bedoya Ramos, don Miguel Ángel Mora Malagón, don Juan Bartolomé Eliche Moreno, don Francisco José Fernández Fernández y don Antonio Ponzano Bartolo de su demanda, y una vez firme esta resolución, archívese.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Capeans, Sociedad Anónima”, y “Distribuciones Comerciales Van Rym, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de mayo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.739/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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