Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
24-05-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110524-286

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE PONTEVEDRA NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

286
Demanda 33 de 2010

Don Camilo José García-Puertas Magariños, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Pontevedra.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 33 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eliseo Fernández Rodríguez, contra las empresas “Douratámega, Sociedad Limitada”, “Dragados y Construcciones, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda presentada por don Eliseo Fernández Rodríguez, contra “Douratámega, Sociedad Limitada”, y “Dragados y Construcciones, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a las empresas demandadas a abonar solidariamente al demandante la cantidad de 9.246,02 euros, con el interés moratorio del 10 por 100.

Asimismo, debo condenar y condeno a la entidad demandada “Douratámega, Sociedad Limitada”, a abonar al demandante la cantidad de 3.225,86 euros.

Todo ello con intervención del Fondo de Garantía Salarial en la responsabilidad que le incumbe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Dragados y Construcciones, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Pontevedra, a 25 de abril de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/16.020/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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