Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
13-05-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110513-251

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

251
Demanda 78 de 2010

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 78 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Matilde Susana Ortega Calvo, contra la empresa “Mount Vernon, Sociedad Limitada”.

Fallo

Estimar la solicitud de aclaración solicitada por la defensa de doña Matilde Susana Ortega Calvo, completando la sentencia dictada el día 1 de diciembre de 2010, en la forma siguiente:

a) En el encabezamiento, como demandado se debe incluir, junto a “Mount Vernon, Sociedad Limitada”, a la empresa “High-Tech Cosmetics, Sociedad Limitada”.

b) Los hechos probados primero y segundo deben tener la siguiente redacción:

«Primero.—Doña Matilde Susana Ortega Calvo ha prestado sus servicios indistintamente desde el día 21 de junio de 2005 para “Mount Vernon, Sociedad Limitada”, y “High-Tech Cosmetics, Sociedad Limitada”, con la categoría profesional de vendedora y percibiendo un salario bruto mensual de 2.289,81 euros, con prorrata de pagas extraordinarias.

Segundo.—“Mount Vernon, Sociedad Limitada”, y “High-Tech Cosmetics, Sociedad Limitada”, adeudan en total a doña Matilde Ortega Calvo la cantidad de 17.934,82 euros por impago de la paga extra de julio, septiembre a noviembre y la paga extra de diciembre, a razón de 1.987,65 euros cada mes; gastos de devolución de un cheque emitido por las demandadas para pagar las cantidades de 1.544,10 euros y 46,32 euros; las nóminas de diciembre de 2009 a febrero de 2010, a razón de 1.987,65 euros; la parte proporcional de la paga de Navidad 2010, 331,20 euros; la parte proporcional de la paga de verano, 1.324,80 euros, y las vacaciones correspondientes a cinco días, 331,30 euros.»

c) El fundamento de derecho segundo, párrafos primero y cuarto, deben tener la siguiente redacción:

“En el caso de autos se reclama por la trabajadora doña Matilde Susana Ortega Calvo la cantidad de 17.934,82 euros a las empresas codemandadas, correspondientes a los conceptos que se detallan en el hecho probado segundo de la demanda.”

«...En consecuencia, las empresas demandadas deben ser condenadas de forma solidaria a abonar a doña Matilde Susana Ortega Calvo la cantidad de 17.934,82 euros, más el 10 por 100 de interés por mora conforme al artículo 29.3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Procede la condena solidaria de ambas compañías ya que la actora prestó sus servicios para ambas conforme a lo previsto en el hecho probado primero y en el fundamento de derecho primero de la sentencia número 388 de 2010, dictada el día 30 de junio de 2010, por el Juzgado de lo social número 1 bis, autos número 381 de 2010, emitiendo además el pagaré por el importe de 1.544,10 euros la empresa “High-Tech Cosmetics, Sociedad Limitada”, acreditándose, en definitiva, la existencia de un grupo de empresas conforme a los requisitos exigidos por la jurisprudencia del Tribunal Supremo».

Por último, el fallo debe tener la siguiente redacción:

«Estimar la demanda interpuesta por doña Matilde Susana Ortega Calvo, contra “Mount Vernon, Sociedad Limitada”, y “High-Tech Cosmetics, Sociedad Limitada”, condenando a las demandadas de forma solidaria a abonar a la trabajadora la cantidad de 17.934,82 euros, más el 10 por 100 de interés por mora».

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Mount Vernon, Sociedad Limitada”, y “HTC” (“High-Tech Esthetic & Cosmetics Medicine”), en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 6 de abril de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.949/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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