Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
13-05-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110513-288

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZAMORA NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

288
Autos 122 de 2010

Don Julio Escribano Sánchez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Zamora.

Doy fe: Que en los autos tramitados en este Juzgado de lo social bajo el número 122 de 2010, seguidos a instancias de don Juan Andrés Zarza González, contra “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, y “Maval Prestaciones”, en reclamación por cantidad se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 145

En Zamora, a 31 de marzo de 2011.—La ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de lo social número 1 de esta capital y su provincia, doña María Isabel Blanco León, ha visto, en juicio oral y público los precedentes autos sobre reclamación de cantidad, tramitados bajo el número 122 de 2010; ...

Fallo

Uno. Que estimando íntegramente la demanda formulada por don Juan Andrés Zarza González, contra las empresas “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, y “Prestaciones Maval, Sociedad Limitada”, condeno:

A la empresa “Maval Seguridad, Sociedad Limitada” a pagar al actor la suma de 983,48 euros, con un 10 por 100 anual en concepto de interés por demora; la suma de 1.087 euros por el interés legal desde que se reclamaran en conciliación; más 222.72 euros por el interés del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

A la empresa “Prestaciones Maval, Sociedad Limitada”, a pagar al actor la suma de 36,59 euros, con un 10 por 100 anual en concepto de interés por demora; 132,39 euros por el interés legal desde que se reclamara en conciliación, y 14,04 euros por los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Absolviendo a tales codemandadas del resto de los pedimentos deducidos en su contra. Todo ello, sin perjuicio de los descuentos que procedan por cuota obrera a la Seguridad Social y retenciones a efectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Dos. Que apreciando faltas de legitimación pasiva absuelvo a don Daniel García Francisco de la totalidad de los pedimentos deducidos en su contra.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, pudiendo anunciarse el mismo por comparecencia o por escrito ante este Juzgado dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes a su notificación, o por mera manifestación de la parte, de su abogado o representante al efectuarse esta de su proposito de entablarlo. Asimismo se advierte a las condenadas que en caso de interposición del mencionado recurso y al tiempo de anunciarlo, deberá ingresar en la cuenta abierta por este Juzgado en el “Banco Español de Crédito”, oficina principal de esta capital, denominada “Depósitos y consignaciones”, número 4839/0000/65/0122/10, el importe de la condena, así como la cantidad de 150 euros en concepto de depósito, sin cuyos requisitos no será viable el recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación en forma a “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, y “Maval Prestaciones”, hoy en ignorado paradero, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que el resto de las comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo la presente por duplicado, en Zamora, a 11 de abril de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/14.851/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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