Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
13-05-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110513-287

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZAMORA NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

287
Procedimiento 40 de 2011

Don Julio Escribano Sánchez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Zamora.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 40 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Montserrat Gómez Arribas, contra la empresa “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 143 de 2011

En Zamora, a 31 de marzo de 2011.—La ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de lo social número 1 de esta capital y su provincia, doña María Isabel Blanco León, ha visto en juicio oral y público los precedentes autos sobre reclamación de cantidad, tramitados bajo el número 40 de 2011, a instancias de doña Montserrat Gómez Arribas, representada por el licenciado don Tomás Muriel, contra la empresa “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, que no compareció, y el Fondo de Garantía Salarial, representado por la licenciada doña Carmen Pilar de los Mártires Horas.

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda formulada por doña Montserrat Gómez Arribas, contra la empresa “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, condeno a la demandada a pagar a la actora la suma de 1.144,61 euros, con un 10 por 100 anual en concepto de interés por demora, más la de 149,71 euros por el interés legal desde que se reclamara en conciliación, y la de 533,64 euros por los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, absolviendo a la demandada del resto de los pedimentos deducidos en su contra; todo ello sin perjuicio de los descuentos que procedan por cuota obrera a la Seguridad Social y retenciones a efectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas, debiendo el Fondo de Garantía Salarial, al que expresamente absuelvo de la suma de 149,71 euros, estar y pasar por el resto de la anterior condena, a los efectos que de la misma se deriven y pudieran afectarle. Asimismo, impongo a la empresa una multa por temeridad de 60 euros.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, pudiendo anunciarse el mismo por comparecencia o por escrito ante este Juzgado, dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes a su notificación, o por mera manifestación de la parte, de su abogado o representante al efectuarse esta de su propósito de entablarlo.

Asimismo se advierte a la condenada que en caso de interposición del mencionado recurso y al tiempo de anunciarlo, deberá ingresar en la cuenta abierta por este Juzgado en el Banco Español de Crédito”, oficina principal de esta capital, denominada “Depósitos y Consignaciones”, número 4839/0000/65/0040/11, el importe de la condena, así como la cantidad de 150 euros en concepto de depósito sin cuyos requisitos no será viable el recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Zamora, a 11 de abril de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/14.850/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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