Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
13-05-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110513-284

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 12

EDICTO

284
Expediente 473 de 2010

Don Lorenzo Navarro Lorente, secretario titular del Juzgado de lo social número 12 de Valencia.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el expediente número 473 de 2010, a instancias de don Gustavo Reig Pallardo, contra “Sercal, Sociedad Anónima”, en reclamación por cantidad, en el que el día 24 de enero de 2011 se ha dictado resolución siguiente:

Fallo

Que estimando como estimo la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por don Gustavo Reig Pallardo, contra la empresa “Sercal, Sociedad Anónima”, y el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa “Sercal, Sociedad Anónima”, al pago a la parte actora don Gustavo Reig Pallardo de la cantidad reclamada de 2.473,13 euros de salarios, con el incremento del 10 por 100 anual por mora de los conceptos salariales por importe de 206,09 euros y 341,50 euros de indemnización por fin de contrato. Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de la responsabilidad legal subsidiaria que le pueda corresponder.

Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco del grupo “Banesto”, oficina urbana de Ciudad de la Justicia, sito en la calle Poeta Josep Cervera y Grifol, número 12, entidad 0030, oficina 3305, teléfono 963 162 950/954, en la cuenta corriente número 4477000064, expediente número 473/2010 de este Juzgado, o presentar aval solidario de entidad financiera por el mismo importe; depositando además la cantidad de 150 euros en la misma cuenta del referido banco, y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso. Firme que sea esta resolución, archívese lo actuado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que así conste y sirva de notificación en forma a “Sercal, Sociedad Anónima”, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, haciéndole saber a la misma que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados en la forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a 15 de marzo de 2011.—El secretario (firmado).

(03/14.891/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110513-284