Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
13-05-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110513-245

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

245
Ejecución 158 de 2010

Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 158 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ángeles Mendoza Nieto, contra la empresa “Viajes Urbión, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Requerir de pago a “Viajes Urbión, Sociedad Limitada”, por la cantidad reclamada de 10.847,48 euros en concepto de principal, intereses y costas devengados en su caso; si no pagase en el acto, procédase al embargo de sus bienes de la ejecutada que se encuentren en su domicilio, en la medida suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución, más las costas de esta, sirviendo la presente resolución de mandamiento en forma a la comisión judicial para que practique el requerimiento y/o embargo, en su caso, en el domicilio de la ejecutada.

Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, remitiéndose despachos, en particular, al Servicio de Índices de los Registros de la Propiedad de Madrid, a la Oficina de Averiguación Patrimonial y a la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Madrid. Asimismo, averiguénse otros bienes por los medios informáticos oportunos.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Viajes Urbión, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de marzo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.922/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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