Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
06-05-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110506-115

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

115
Ejecución 241 de 2010

Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 241 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Franco Caballero, contra la empresa “Aluminios Martari, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

Secretaria judicial, doña Eugenia López-Jacoiste Rico.—En Madrid, a 11 de enero de 2011.

Parte dispositiva:

Se acuerda:

A) El embargo del bien inmueble que a continuación se describe:

Finca urbana número 27.848 o local comercial número 5, en planta baja, en Madrid, calle Vilacañas, números 2 y 4, inscrita al folio 9 del libro 250.

Como propiedad de la mercantil “Aluminios Martari, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-83743153, para responder de la cantidad de 3.519,38 euros en concepto de principal, más 240 euros en concepto de intereses y 400 euros en concepto de costas provisionalmente calculadas para este procedimiento seguido a instancias de don José Franco Caballero, contra la mercantil “Aluminios Martari, Sociedad Limitada”.

B) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

C) Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

D) El embargo del sobrante que pudiera existir de los bienes embargados en el procedimiento administrativo de apremio seguido en la Unidad de Recaudación de la Dependencia Regional de Recaudación de la Delegación Especial de Madrid de la Agencia Tributaria seguido contra la misma empresa apremiada “Aluminios Martari, Sociedad Limitada”, a fin de cubrir las cantidades por las que se ha despachado ejecución, librándose a tal fin el oportuno oficio a la citada delegación, solicitando, asimismo:

a) Se informe del estado de las actuaciones y de la total cantidad objeto de apremio en dicho procedimiento.

b) Se ponga en conocimiento de las partes, depositarios, administradores o deudores de la ejecutada u otros organismos el embargo del sobrante.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral, las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aluminios Martari, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de abril de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.074/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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