Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
28-04-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110428-195

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

195
Demanda 297 de 2010

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 297 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Máximo Gómez Cepeda, don Gregorio Gómez Cepeda, don Pedro Colilla Peletero, don José Antonio Gómez Cepeda, don José María Gómez Arroyo, don Rafael Lagartera Bernabé y don Andrés López López, contra “Construcciones Jomacersa, Sociedad Limitada”, “Promosur Mapesa, Sociedad Limitada”, “Construsur Mapesa, Sociedad Limitada”, “Promociones y Construcción Perjar, Sociedad Limitada”, y don Pedro José Pérez García, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Móstoles, a 5 de abril de 2011.

La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que, puestos en contacto telefónicamente con el Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Móstoles, nos participan que la diligencia de citación al administrador único, don Pedro José Pérez García, en el domicilio sito en avenida Olímpica, número 10, oficina 8, ha resultado negativa.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Victoria Esteban Delgado.—En Móstoles, a 5 de abril de 2011.

Visto el estado de las actuaciones y resultando que la parte demandada se encuentra en ignorado paradero, suspéndase el señalamiento previsto para el día 6 de abril de 2011 y señálese nuevamente para el día 18 de mayo de 2011, a las diez y cinco horas, y cítese a la misma, por medio de edictos, que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado. Adviértase de que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán en estrados (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se acuerda, asimismo, emplazar al Fondo de Garantía Salarial, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley de Procedimiento Laboral, a fin de que comparezca ante este Juzgado para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, señalados para el día 18 de mayo de 2011, a las diez y cinco horas.

Adviértase de que contra la presente resolución podrá interponerse recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación.

De conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, DA decimoquinta, es necesario la constitución de depósito por importe de 25 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad “Banesto”, número 2850, que es exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunicaciones Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Jamacersa, Sociedad Limitada”, “Promosur Mapesa, Sociedad Limitada”, “Construsur Mapesa, Sociedad Limitada”, “Promociones y Construcción Perjar, Sociedad Limitada”, y don Pedro José Pérez García, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 6 de abril de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.518/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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