Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 97

Fecha del Boletín 
26-04-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110426-120

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 93

EDICTO

120
Divorcio contencioso 685 de 2010

Don Enrique Cilla Calle, secretario del Juzgado de primera instancia número 93 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de divorcio contencioso número 685 de 2010, seguido a instancias de don César Iván Sánchez Delgado, frente a doña Dania Katiusca Scarton, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 16 de febrero de 2011.—Vistos por mí, doña María Teresa Villagarcía Sancho, magistrada-juez sustituta del Juzgado de primera instancia número 93 de los de esta capital, los presentes autos de juicio de divorcio número 685 de 2010, promovidos por la procuradora de los tribunales doña Inmaculada Guzmán Altuna, en representación de don César Iván Sánchez Delgado, contra doña Dania Katiusca Scarton, declarada en situación procesal de rebeldía, en nombre de Su Majestad el Rey y por la autoridad que me ha sido conferida, se procede a dictar la presente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña Inmaculada Guzmán Altuna, debo declarar y declaro la disolución, por divorcio, del matrimonio formado por los cónyuges don César Iván Sánchez Delgado y doña Dania Katiusca Scarton, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.

Sin pronunciamiento en relación a las costas procesales.

Una vez firme la presente resolución, comuníquese al Registro Civil correspondiente para su inscripción.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—En Madrid, a fecha “ut supra”.

De conformidad con lo establecido en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, notifíquese la presente resolución a las partes; se hace saber que contra la misma se podrá interponer recurso de apelación, por escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días contados desde el siguiente a su notificación, previa la constitución de un depósito por importe de 50 euros, cuantía que se señala en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, conforme a la redacción introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, que deberá consignarse en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima” (“Banesto”). No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Y encontrándose dicha demandada doña Dania Katiusca Scarton en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

Madrid, a 9 de marzo de 2011.—El secretario (firmado).

(02/2.783/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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