Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
08-04-2011

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110408-106

Páginas: 9


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Coordinación Institucional

Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno

106
Rectificación errores materiales en anexo del acuerdo 17 marzo 2011

Acuerdo de 24 de marzo de 2011, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, rectifican los errores materiales advertidos en el anexo del acuerdo de 17 de marzo de 2011, por el que se fija el importe máximo de los precios a percibir por las entidades colaboradoras en la gestión de licencias urbanísticas, en actuaciones tramitadas por el procedimiento ordinario.

Advertidos errores materiales en el anexo del acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 17 de marzo de 2011, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 6.394, de 18 de marzo de 2011, por el que se fija el importe máximo de los precios a percibir por las entidades colaboradoras en la gestión de licencias urbanísticas, en actuaciones tramitadas por el procedimiento ordinario, consistentes en la errónea transcripción de dos conceptos cuantificables, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 17.1.j) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta del titular del Área de Gobierno de la Vicealcaldía, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 24 de marzo de 2011,

ACUERDA

Primero.—Rectificar los errores materiales advertidos en el anexo del acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 17 de marzo de 2011, por el que se fija el importe máximo de los precios a percibir por las entidades colaboradoras en la gestión de licencias urbanísticas, en actuaciones tramitadas por el procedimiento ordinario, que queda redactado en los términos que se recogen en el anexo del presente acuerdo.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, en la página web del Ayuntamiento de Madrid y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno a fin de que quede enterado del mismo.

Madrid, a 24 de marzo de 2011.—El director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Jesús Espino Granado.

Ver en documento PDF

(03/11.657/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110408-106