Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
30-03-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110330-312

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

312
Ejecución 385 de 2010

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 385 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Isabel López Torres, don Emilio Gras Sánchez, don Francisco Hernández Pizarro y don Antonio Gregorio Montero, contra la empresa “ALB Estilo de Hogar, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 18 de febrero de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña Isabel López Torres, don Emilio Gras Sánchez, don Francisco Hernández Pizarro y don Antonio Gregorio Montero, con la empresa “ALB Estilo de Hogar, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquellos las cantidades siguientes:

Nombre de la trabajadora: doña Isabel López Torres.

Indemnización: 61.623,24 euros (cuarenta y dos mensualidades).

Salarios: 13.792,62 euros.

Nombre de la trabajador: don Emilio Gras Sánchez.

Indemnización: 19.648,04 euros.

Salarios: 11.365,63 euros.

Nombre de la trabajador: don Francisco Hernández Pizarro.

Indemnización: 11.174,81 euros.

Salarios: 11.204,61 euros.

Nombre de la trabajador: don Antonio Gregorio Montero.

Indemnización: 16.669,78 euros.

Salarios: 14.962,14 euros.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “ALB Estilo de Hogar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de febrero de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/9.231/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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