Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
29-03-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110329-270

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

270
Demanda 1.609 de 2010

Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.609 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José García Picazo y doña Pilar Castillo Melenchón, contra “Talleres JL Llorente, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la sentencia número 79 de 2011, de fecha 23 de febrero de 2011, del tenor literal siguiente:

Acta de juicio

En Madrid, a 23 de febrero de 2011.—Siendo el día y la hora señalados y ante el ilustrísimo señor don José Ángel Folguera Crespo, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 30 de esta capital, con mi asistencia, la secretaria judicial, ordena se llame a las partes interesadas en el presente juicio, previamente citadas en forma, para la celebración del correspondiente acto de juicio, compareciendo: los demandantes, don José García Picazo, con documento nacional de identidad número 4956113-G, y doña Pilar Castillo Melenchón, con documento nacional de identidad número 2042364-X, representados por el letrado don Juan Enrique Méndez García-Abad, colegiado número 42.132, y por la parte demandada, no comparece “Talleres JL Llorente, Sociedad Limitada”, ni Fondo de Garantía Salarial, estando emplazados.

Abierto el acto, y dada cuenta de las actuaciones practicadas, se concede la palabra a la parte demandante, la cual se afirma y ratifica en su demanda. Manifiesta que se ha producido el acta de notoriedad en la declaración de herederos abintestato que se aporta. Solicita sentencia estimatoria.

A petición de la parte se acuerda el recibimiento del juicio a prueba, proponiéndose las siguientes: documental e interrogatorio de parte.

Por su señoría se declara pertinente la prueba propuesta, pasando inmediatamente a su práctica.

Terminada la prueba, la parte eleva las conclusiones a definitivas, solicitando se dicte sentencia conforme a lo pedido.

Su señoría dicta sentencia de viva voz, declarando probados los hechos de la demanda y la sentencia anterior de despido de 16 de junio de 2010 del Juzgado de lo social número 29 que se aporta, así como el devengo de la parte proporcional de la paga de verano de 2010, por importe de 509,82 euros, devengada en situación de incapacidad temporal, y en aplicación de los artículos 4.2.f), 26 y 29 del Estatuto de los Trabajadores y 304 y 91.2, respectivamente, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y Ley de Procedimiento Laboral, se estima la demanda, condenando a “Talleres JL Llorente, Sociedad Limitada”, a abonar 509,82 euros a la parte actora por el concepto reclamado, más el 10 por 100 anual de interés por mora, advirtiendo de la firmeza por no proceder recurso alguno.

Quedando notificados en este acto todos los comparecientes, sin perjuicio de notificación ulterior a la empresa no comparecida y al Fondo de Garantía Salarial.

Con todo lo cual, se declara por su señoría terminado el acto y leída que fue el acta y hallada conforme es firmada por su señoría y demás comparecientes, de todo lo cual doy fe.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Talleres JL Llorente, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Madrid, a 23 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.957/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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