Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
23-03-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110323-222

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

222
Demanda 267 de 2010

Doña María Eugenia López-Jacoiste, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, por sustitución.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 267 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Angélica María Silva Quintero, contra las empresas “Grupo Sherpa Solutions, Sociedad Limitada”, “Accedalia, Sociedad Limitada”, “X Novo Legal y Web Solutions, Sociedad Limitada”, e “Increventa Comunicación, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia del tenor literal siguiente:

Sentencia número 59 de 2011

En Madrid, a 10 de febrero de 2011.—Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre cantidad, entre partes: de una, y como demandante, doña Angélica María Silva Quintero, que comparece asistida del letrado don Rubén Andrés Gallego Gallego, y de otra, como demandadas, “Grupo Sherpa Solutions, Sociedad Limitada”, que no comparece; “Accedalia, Sociedad Limitada”, que no comparece; “X Novo Legal y Web Solutions, Sociedad Limitada”, que no comparece, e “Increventa Comunicación, Sociedad Limitada”, que no comparece, ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que debía estimar la demanda interpuesta por doña Angélica María Silva Quintero, en concepto de reclamación de cantidad, contra las empresas “Grupo Sherpa Solutions, Sociedad Limitada”, “Accedalia, Sociedad Limitada”, “X Novo Legal y Web Solutions, Sociedad Limitada”, e “Increventa Comunicación, Sociedad Limitada”, condenando únicamente a la primera de las codemandadas al pago de la cantidad de 3.212,50 euros en concepto de principal reclamado, más 321,25 euros en concepto de interés por mora, absolviendo de dicha pretensión a las otras tres empresas.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña Angélica María Silva Quintero, “Grupo Sherpa Solutions, Sociedad Limitada”, “Accedalia, Sociedad Limitada”, y “X Novo Legal y Web Solutions, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.176/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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