Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 68

Fecha del Boletín 
22-03-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110322-204

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

204
Demanda 255 de 2010

Doña Regina María González Lozano, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 255 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gonzalo Molina Rodríguez, contra la empresa “Consulting y Negocios Cartera Informática, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia del tenor literal siguiente:

Sentencia número 49 de 2011

En Madrid, a 4 de febrero de 2011.—Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre cantidad, entre partes: de una, y como demandante, don Gonzalo Molina Rodríguez, que comparece asistido del letrado don Raúl Figueroa Montes, y de otra, como demandada, “Consulting y Negocios Cartera Informática, Sociedad Limitada”, que no comparece, ha dictado la siguiente sentencia.

Fallo

Que debía estimar la demanda interpuesta por don Gonzalo Molina Rodríguez, en concepto de reclamación de cantidad, contra “Cartera Informática, Sociedad Limitada”, condenando a la entidad demandada al pago de la cantidad de 3.417,90 euros en concepto de principal reclamado, más 341,79 euros en concepto de interés por mora.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Gonzalo Molina Rodríguez, y “Consulting y Negocios Cartera Informática, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.843/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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