Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 64

Fecha del Boletín 
17-03-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110317-216

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

216
Demanda 1.778 de 2009

Doña Ángela Pardo Crespo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.778 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Manuel León Fernández, don Alejandro Quilón Sánchez, don Jorge Ruiz Fernández, don Óscar David Quilón Huertas, don Sergio Cuenca Ropero, don Pedro José Carrasco Serrano, doña Isabel Leo Chanclón, don Adrián Quilón Huertas y don José Manuel Romero Macarro, contra las empresas “Industrias Gráficas Printone, Sociedad Anónima”, “Megaplate, Sociedad Limitada”, “Sisdiplate, Sociedad Limitada”, “Gesplate, Sociedad Limitada”, “Megachrom, Sociedad Anónima”, “Sisdigraf, Sociedad Limitada”, “Servicios de Preimpresión MRG, Sociedad Limitada”, “Megatipo, Sociedad Anónima”, y “Golca Grafice, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 434 de 2010

En Madrid, a 12 de julio de 2010.—Doña María Henar Merino Senovilla, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 26 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandantes, don Juan Manuel León Fernández, don Alejandro Quilón Sánchez, don Jorge Ruiz Fernández, don Óscar David Quilón Huertas, don Sergio Cuenca Ropero, don Pedro José Carrasco Serrano, doña Isabel Leo Chanclón, don Adrián Quilón Huertas y don José Manuel Romero Macarro, que comparecen, y de otra, como demandadas, “Industrias Gráficas Printone, Sociedad Anónima”, “Megaplate, Sociedad Limitada”, “Sisdiplate, Sociedad Limitada”, “Gesplate, Sociedad Limitada”, “Megachrom, Sociedad Anónima”, “Sisdigraf, Sociedad Limitada”, “Servicios de Preimpresión MRG, Sociedad Limitada”, “Megatipo, Sociedad Anónima”, y “Golca Grafice, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Juan Manuel León Fernández, don Alejandro Quilón Sánchez, don Jorge Ruiz Fernández, don Óscar David Quilón Huertas, don Sergio Cuenca Ropero, don Pedro José Carrasco Serrano, doña Isabel Leo Chanclón, don Adrián Quilón Huertas y don José Manuel Romero Macarro, frente a las empresas “Industrias Gráficas Printone, Sociedad Anónima”, “Megaplate, Sociedad Limitada”, “Sisdiplate, Sociedad Limitada”, “Gesplate, Sociedad Limitada”, “Megachrom, Sociedad Anónima”, “Sisdigraf, Sociedad Limitada”, “Servicios de Preimpresión MRG, Sociedad Limitada”, “Megatipo, Sociedad Anónima”, y “Golca Grafice, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada “Servicios de Preimpresión MRG, Sociedad Limitada”, a abonar a los trabajadores demandantes las siguientes cantidades por los períodos y los conceptos anteriormente reconocidos, más el 10 por 100 de intereses por mora establecidos legalmente:

Para don Juan Manuel León Fernández: la cantidad de 5.854,55 euros.

Para don Alejandro Quilón Sánchez: la cantidad de 5.606,58 euros.

Para don Jorge Ruiz Fernández: la cantidad de 3.848,63 euros.

Para don Óscar David Quilón Huertas: la cantidad de 6.643,23 euros.

Para don Sergio Cuenca Ropero: la cantidad de 3.850,08 euros.

Para doña Isabel Leo Chanclón: la cantidad de 3.685,31 euros.

Para don Adrián Quilón Huertas: la cantidad de 3.848,68 euros.

Para don Pedro José Carrasco Serrano: la cantidad de 5.854,55 euros.

Para don José Manuel Romero Macarro: la cantidad de 5.432,79 euros.

Y asimismo, se condena a la demandada a estar y pasar por la presente resolución con todas las consecuencias jurídicas y económicas inherentes a la misma.

Al resto de las demandadas se les absuelve de las peticiones de condena que inicialmente se hicieron frente a ellas, al desistir la parte actora de esa petición en el acto del juicio oral.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Industrias Gráficas Printone, Sociedad Anónima”, “Megaplate, Sociedad Limitada”, “Sisdiplate, Sociedad Limitada”, “Gesplate, Sociedad Limitada”, “Megachrom, Sociedad Anónima”, “Sisdigraf, Sociedad Limitada”, “Servicios de Preimpresión MRG, Sociedad Limitada”, “Megatipo, Sociedad Anónima”, y “Golca Grafice, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.081/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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