Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 50

Fecha del Boletín 
01-03-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110301-209

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

209
Demanda 28 de 2010-J

Doña Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 28 de 2010-J de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Teresa Corral Mayoral, contra la empresa “Presst Uno, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Se rectifica y aclara el fallo de la sentencia dictada en los presentes autos en fecha 23 de septiembre de 2010, en los siguientes términos:

Parte de hechos probados:

Donde dice: «Primero.—El demandante doña Vicenta Pérez Montero, con documento nacional de identidad número 31586528-F, vino prestando servicios por cuenta de la empresa demandada “Presst Uno, Sociedad Limitada”, con antigüedad de 19 de octubre de 2000, a tiempo parcial (60 por 100 de la jornada), categoría profesional de especialista de tercera, percibiendo un salario mensual de 640,84 euros, con inclusión de la prorrata de pagas extraordinarias. (documental números 1 y 2 del actor, contrato y nómina de enero).

Segundo.—La empresa ha dejado de tener actividad. Y sin dar justificación no ha abonado las nónimas de junio 2009 a octubre de 2009, así como las pagas extras de diciembre de 2008 y de verano de 2009 (“ficta confessio” de la empresa demandada en la falta de pago).

Tercero.—El trabajador reclama en el presente procedimiento la cantidad de 3.452,95 euros (importe de nómina de junio a octubre de 2009 y de las pagas extras de diciembre de 2009 y verano de 2010), conforme desglose contenido en el hecho segundo de la demanda que se da aquí por reproducido.»

Debe decir: «Primero.—La demandante doña Teresa Corral Mayoral vino prestando servicios por cuenta de la empresa demandada “Presst Uno, Sociedad Limitada”, con antigüedad de 14 de julio de 2009, categoría profesional de especialista de tercera, percibiendo un salario mensual de 1.208,85 euros, con inclusión de la prorrata de pagas extraordinarias. (documental números 1 y 2 de la actora, contrato y nómina de enero).

Segundo.—La empresa ha dejado de tener actividad. Y sin dar justificación no ha abonado las nónimas de julio 2009 a enero de 2010, así como las pagas extras de diciembre de 2009 y de verano de 2010 (“ficta confessio” de la empresa demandada en la falta de pago).

Tercero.—La trabajadora reclama en el presente procedimiento la cantidad de 6.740,25 euros (importe de nómina de julio a enero de 2010 y de las pagas extras de diciembre de 2009 y verano de 2010), conforme desglose contenido en el hecho segundo de la demanda que se da aquí por reproducido.»

Parte dispositiva:

Donde dice: «Que debo estimar la demanda interpuesta por doña Teresa Corral Mayoral, contra la empresa “Presst Uno, Sociedad Limitada”, condenando a la empresa demandada a pagar a la actora la cantidad de 6.740,25 euros, cantidad que devengará desde la fecha de la presente resolución y hasta su completo pago el interés legal establecido en el artículo 576 de la Ley de Procedimiento Laboral.»

Debe decir: «Que debo estimar la demanda interpuesta por doña Teresa Corral Mayoral, contra la empresa “Presst Uno, Sociedad Limitada”, condenando a la empresa demandada a pagar a la actora la cantidad de 6.740,25 euros, más el interés por mora del 10 por 100 de la citada cantidad, tal cantidad devengará igualmente desde la fecha de la presente resolución y hasta su completo pago el interés legal establecido en el artículo 576 de la Ley de Procedimiento Laboral.»

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Presst Uno, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 21 de enero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.562/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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