Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
28-02-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110228-196

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

EDICTO

196
Ejecución 20 de 2011

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 20 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Juana Salgado Rubio y doña Ana María Fuerte Saceda, contra la Federación de Empresarios y Comerciantes del Henares, sobre ordinario, se han dictado autos y decretos de fecha 24 de enero de 2010, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Auto

Magistrado-juez de lo social, don Antonio Seoane García.—En Madrid, a 24 de enero de 2011.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución sentencia a favor de la parte ejecutante, doña Juana Salgado Rubio y doña Ana María Fuerte Saceda, frente a Federación de Empresarios y Comerciantes del Henares, parte ejecutada por importe total de 6.813,96 euros en concepto de principal, más otros 408,84 euros y 681,40 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación. Corresponden a doña Juana Salgado Rubio 4.450,26 euros y a doña Ana María Fuerte Saceda 2.363,70 euros del principal total.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Auto

Magistrado-juez de lo social, don Antonio Seoane García.—En Madrid, a 24 de enero de 2011.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución sentencia a favor de la parte ejecutante, doña Juana Salgado Rubio, frente a Federación de Empresarios y Comerciantes del Henares, parte ejecutada por importe de 28.174,14 euros en concepto de principal, más otros 1.690,45 euros y 2.817,41 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Auto

Magistrado-juez de lo social, don Antonio Seoane García.—En Madrid, a 24 de enero de 2011.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución sentencia a favor de la parte ejecutante, doña Ana María Fuerte Saceda, frente a Federación de Empresarios y Comerciantes del Henares, parte ejecutada por importe de 4.825,27 euros en concepto de principal, más otros 289,52 euros y 482,53 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Decreto del secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez.—En Madrid, a 24 de enero de 2011.

Por lo expuesto,

Parte dispositiva:

Acumular a la presente ejecución las que se siguen con los números 21 de 2011 y 22 de 2011 de este Juzgado frente a la común deudora Federación de Empresarios y Comerciantes del Henares.

Siendo la cuantía total de principal 39.813,37 euros y los intereses y costas presupuestados 2.388,80 euros y 3.981,34 euros respectivamente y correspondiendo a doña Juana Salgado Rubio 32.624,40 euros de principal y a doña Ana María Fuerte Salceda 7.188,97 euros de principal.

Notifíquese esta resolución a todas las partes de dichos autos.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral), estando obligada la parte que intentare recurrir a constituir depósito por importe de 25 euros si no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social.

Asimismo quedarán exentos del depósito el ministerio fiscal, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de todos ellos. el depósito habrá de constituirse mediante ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en la entidad “Banesto”.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Federación de Empresarios y Comerciantes del Henares, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de enero de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/4.373/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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