Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
24-02-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110224-223

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

223
Demanda 1.302 de 2009

Diligencia.—En Madrid, a 3 de febrero de 2011.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que, intentada la notificación a “Construcciones Servicio Comada, Sociedad Limitada”, por los medios que constan en autos, se ignora su paradero, por lo que se remite edicto al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.—Doy fe.

EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.302 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Szwed Waldemar, contra la empresa “Construcciones Servicio Comada, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución en fecha 27 de enero de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por la parte actora, don Szwed Waldemar, debo condenar y condeno a la empresa demandada, “Construcciones y Servicios Comada, Sociedad Limitada”, a que abone al trabajador don Szwed Waldemar la cantidad de 1.723,69 euros por los conceptos expresados, incrementada un 10 por 100 por mora y respecto de las de naturaleza salarial.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Servicio Comada, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.319/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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