Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
16-02-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110216-394

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 6

EDICTO

394
Procedimiento ordinario 1.177 de 2010

Don Luis Tomás Ortega Pinto, secretario judicial del Juzgado de lo social número 6 de Zaragoza.

Hace saber: Que en el procedimiento ordinario 1.177 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen Cordero Chaparro, doña Raquel Sánchez Hernández y doña María Pilar Racaj Bagués, contra la empresa “Plataforma de Atención Telefónica, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Persona a la que se cita: “Plataforma de Atención Telefónica, Sociedad Anónima”, como parte demandada.

Objeto de la citación: asistir en esa condición a los actos de conciliación, y, en su caso, juicio. Y también, si la parte contraria lo pide, y el juez lo admite, contestar al interrogatorio que aquella pueda formular.

Lugar en que debe comparecer: en la Sede de esta oficina judicial, calle Alfonso I, número 17, Sala de audiencias número 3.

Día y hora en la que debe comparecer: el 21 de junio de 2011, a las once, para el acto de conciliación y/o juicio.

Prevenciones legales

1. La incomparecencia del demandado, debidamente citado, no impedirá la celebración de los actos de conciliación, y, en su caso, juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).

2. Se le hace saber que la parte demandante ha indicado que acudirá al acto del juicio con abogado para su defensa y/o representación, lo que se le comunica a los efectos oportunos.

3. Debe asistir al juicio con las pruebas de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Si precisara de alguna otra prueba de que requiera la práctica de alguna diligencia por esta oficina judicial, deberá solicitarla con una antelación de diez días a la fecha señalada para el acto del juicio (artículo 90.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

4 Se le advierte que la parte actora ha solicitado como pruebas: su interrogatorio como demandado.

A tal efecto se le indica que si no comparece, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultasen en todo o en parte perjudiciales (artículo 91.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

5. Debe comunicar a esta oficina judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.4, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

6. También deberá comunicar, y antes de su celebración, la existencia de alguna causa legal que justificara la suspensión de los actos de conciliación y/o de juicio a los que se le convoca (artículos 83.1 de la Ley de Procedimiento Laboral y 188 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncio de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Plataforma de Atención Telefónica, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Zaragoza, a 18 de enero de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/3.913/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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