Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30

Fecha del Boletín 
05-02-2011

Sección 5.70.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110205-73

Páginas: 1


V. OTROS ANUNCIOS

COMUNIDAD DE REGANTES “SEGUNDO QUINTO VALDELASCASAS”

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Notificación por comparecencia

En aras de las facultades que les otorga a las comunidades de regantes el artículo 83.4 de la Ley de Aguas, Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, mediante el presente edicto, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, al que remite el Reglamento General de Recaudación, Decreto 939/2005, de 29 de julio, se cita a los deudores o representantes relacionados en este edicto, en las dependencias de la Comunidad de Regantes “Segundo Quinto de Valdelascasas”, situadas en la calle Hospital, número 23, de Villaconejos, provincia de Madrid, cuyo horario de oficina es de lunes a viernes, de nueve y treinta a catorce horas, para la notificación por comparecencia del acto dictado en el procedimiento que también se especifica, y toda vez que se ha intentado por dos veces llevar a cabo la notificación y no se ha podido por causas no imputables a la Comunidad de Regantes, o bien porque el domicilio del deudor es desconocido.

Órgano responsable: Comunidad de Regantes “Segundo Quinto de Valdelascasas”.

Agente recaudador de la Comunidad: don Antonio Pacheco Sánchez.

Procedimiento: expediente de apremio.

Acto notificado: providencia de apremio dictada por el presidente de la comunidad de regantes por impago del saldo deudor a la comunidad de regantes aprobado en la Junta General Extraordinaria del día 25 de septiembre de 2010, por cuotas a la comunidad y consumos de agua.

Relación de deudores:

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El plazo para comparecer ante la oficina de la comunidad de regantes es de quince días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte de que la no comparecencia en el plazo indicado implica que la notificación se entiende producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer, y se le tendrá por notificado de las sucesivas actuaciones y diligencias de dicho procedimiento, sin perjuicio del derecho que le asiste a comparecer en cualquier momento del mismo.

Aranjuez, a 17 de enero de 2011.—El presidente de la comunidad, Juan Martínez Jimeno.

(02/341/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.70.1: V. OTROS ANUNCIOS

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