Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2011

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110121-70

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA

RÉGIMEN ECONÓMICO

70
Calendario fiscal 2011

Considerado las facultades legales atribuidas a las Entidades Locales en los artículos 12 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, dispuesto, y 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Y en virtud de las competencias delegadas a favor de esta Concejalía por decreto de la Alcaldía de 9 de octubre de 2007, en relación con las atribuciones previstas en el artículo 21.1.f) de la 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 24.f) del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y el artículo 41.18 del Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

De acuerdo con lo previsto en los artículos 24 y 25 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, vengo a aprobar para los tributos de competencia local el siguiente

Calendario fiscal para 2011

I. Tributos y períodos de pago

a) Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: desde el 21 de febrero al 21 de abril de 2011.

b) Tasa por entrada y salida de vehículos a través de las aceras y reservas en la vía pública para carga y descarga de mercancías: desde el 3 de mayo al 4 de julio de 2011.

c) Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica: desde el 1 de junio al 1 de agosto de 2011.

d) Impuesto sobre actividades económicas: desde el día 1 de septiembre al 2 de noviembre de 2011.

e) Tasa por la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos: desde el 3 de octubre al 5 de diciembre de 2011.

II. Exposición pública de padrones y matrículas

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 de la ordenanza general de gestión, inspección y recaudación, los padrones fiscales y matrículas correspondientes a los tributos locales estarán expuestos al público en el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, Oficina Tributaria Local el siguiente horario: de lunes a viernes, de nueve a trece, quince días hábiles antes de iniciarse el respectivo período de cobro expresado en el calendario fiscal y por dicho período de quince días.

III. Modalidad de cobro

a) El pago podrá realizarse mediante la presentación del documento cobratorio que el Ayuntamiento enviará al domicilio del contribuyente a través de las siguientes entidades bancarias colaboradoras en los horarios habituales establecidos para tal fin: “La Caixa”, “Caja Madrid” y “Banco de Santander”.

b) Por domiciliación bancaria de aquellos tributos domiciliados con una antelación mínima de dos meses al inicio del período cobratorio, los cuales gozarán de una bonificación del 2 por 100 en la cuota tributaria.

c) A través del portal municipal.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 24.2.d) del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se advierte de que transcurrido el plazo de ingresó las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo a que se refiere el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

IV. Reclamaciones y recursos

Contra los actos de aprobación de los padrones fiscales o matrículas y las liquidaciones tributarias que los mismos contienen, los interesados podrán interponer recurso de reposición previo al recurso contencioso-administrativo ante la Junta de Gobierno Local, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública de los mismos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 131 de la ordenanza general de gestión, inspección y recaudación fiscal, o cualquier otro que convenga a sus intereses.

En Paracuellos de Jarama, a 11 de enero de 2011.—Ante mí, la secretaria, Ana Isabel Grau Navarro.—El concejal de Haciendas y Patrimonio, Santiago Molina Mejía.

(02/426/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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