Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
21-01-2011

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110121-102

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 1

EDICTO

102
Juicio de faltas 549 de 2008

Doña Irene Ortiz Plaza, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Navalcarnero.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 549 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Navalcarnero, a 25 de junio de 2010.—Vistos por mí, doña Mirian Sánchez Calvo, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Navalcarnero (Madrid), los presentes autos de juicio de faltas número 549 de 2008, seguidos por una presunta falta de amenazas e injurias, en virtud de denuncia interpuesta por don Juan Manuel Socuéllamos Manzano, contra don Jerónimo Monge Galán, conforme a las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de Su Majestad el Rey dicto la siguiente sentencia:

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Jerónimo Monge Galán, como autor responsable de una falta de injurias y amenazas continuada cometida contra don Juan Manuel Socuéllamos Manzano, a la pena de multa de veinte días, a razón de 6 euros diarios.

En caso de impago de la multa, el condenado quedará sujeto a un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

Se imponen al condenado las costas procesales ocasionadas, si las hubiere.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, permaneciendo las actuaciones durante dicho plazo a disposición de las partes en la Secretaría del mismo. A dicho recurso se le dará el trámite previsto en el artículo 976, en relación los artículos 790 y 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Jerónimo Monge Galán, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 17 de diciembre de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/483/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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