Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
17-01-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110117-197

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZAMORA NÚMERO 1

EDICTO

197
Despido 277 de 2010

Don Julio Escribano Sánchez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Zamora.

Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 277 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Federico Merino Marcos, contra la empresa “Transportes Cañizares Caballero, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 333

En Zamora, a 10 de diciembre de 2010.—La ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de lo social número 1 de esta capital y su provincia, doña María Isabel Blanco León, ha visto en juicio oral y público los precedentes autos sobre despido, tramitados en este Juzgado bajo el número 277 de 2010.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda formulada por don Federico Merino Marcos, contra la empresa “Transportes Cañizares Caballero, Sociedad Limitada”, declaro que el cese del actor, acaecido el 12 de abril de 2010, es constitutivo de despido nulo, así como extinguido, con efectos del día de hoy, su contrato de trabajo, condenando a la demandada a pagar al actor una indemnización de 26.926,72 euros y la suma de 13.998,88 euros, a los solos efectos de recurso, y sin perjuicio de lo razonado en el penúltimo de los fundamentos de esta resolución, en concepto de salarios de tramitación, debiendo el Fondo de Garantía Salarial estar y pasar por la anterior condena a los efectos económicos que de la misma se derivan y pudieren afectarle.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, pudiendo anunciarse el mismo por comparecencia o por escrito ante este Juzgado dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes a su notificación, o por mera manifestación de la parte, de su abogado o representante al efectuarse esta de su propósito de entablarlo. Asimismo, se advierte a la condenada que en caso de interposición del mencionado recurso, y al tiempo de anunciarlo, deberá ingresar en la cuenta abierta por este Juzgado en el “Banco Español de Crédito”, oficina principal de esta capital, denominada “Depósitos y consignaciones”, número 4839/0000/65/0277/10, el importe de la condena, así como la cantidad de 150 euros en concepto de depósito, sin cuyos requisitos no será viable el recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Transportes Cañizares Caballero, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Zamora, a 10 de diciembre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/48.133/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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