Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
14-01-2011

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110114-12

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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NOTIFICACIÓN de 23 de noviembre de 2010, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de Órdenes, por la que se deniega la compensación fiscal del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte para la adquisición de vehículos nuevos en la Comunidad de Madrid, establecida por Acuerdo de 21 de mayo de 2009, modificado por el Acuerdo de 30 de julio de 2009, del Consejo de Gobierno.

Por medio del presente anuncio se notifica a don Franklin José Zamora Avendaño, con NIF número 2566042-R, la Orden de 29 de abril de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por las que se deniega la compensación fiscal del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte para la adquisición de vehículos nuevos en la Comunidad de Madrid, establecida por Acuerdo de 21 de mayo de 2009, del Consejo de Gobierno, con el siguiente tenor literal en su parte dispositiva:

Se dispone denegar la compensación fiscal solicitada del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de 21 de mayo de 2009, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el procedimiento de compensación fiscal del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte para la adquisición de vehículos nuevos en la Comunidad de Madrid, modificado por Acuerdo de 30 de julio de 2009, por los siguientes motivos:

En el documento acreditativo del pago del Impuesto figura como supuesto de no sujeción o exención, con lo que no cumple lo establecido en el Anexo segundo del Acuerdo de 21 de mayo de 2009, del Consejo de Gobierno.

La Orden objeto de la presente notificación pone fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir. Todo ello, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se notifica conforme a lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 3 de enero, toda vez que no ha podido practicarse la notificación de las Orden mencionada.

En Madrid, a 23 de noviembre de 2010.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(03/46.931/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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