Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 9

Fecha del Boletín 
12-01-2011

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110112-30

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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ACUERDO por el que se da publicidad a la sanción impuesta a la empresa “ZZZ Zonavisión, Sociedad Limitada”, en el expediente sancionador 05-SM-00125.8/2009.

Mediante Orden de 21 de junio de 2010, del Consejero de Economía y Hacienda, se resolvió el expediente sancionador número 05-SM-00125.8/2009, incoado a la empresa “ZZZ Zonavisión, Sociedad Limitada”, con la imposición de una sanción de 16.000 euros por la comisión de una infracción en materia de consumo.

La Orden acuerda dar publicidad a la sanción impuesta, una vez firme en vía administrativa.

La Orden por la que se resuelve el procedimiento sancionador incoado a la empresa “ZZZ Zonavisión, Sociedad Limitada”, es firme en vía administrativa.

El artículo 53.3 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, establece que “3. Por razones de ejemplaridad y siempre que concurra alguna de las circunstancias de riesgo o daño efectivo para la salud, seguridad o intereses económicos de los consumidores, reincidencia en infracciones análogas o intencionalidad acreditada, la autoridad que adopte la resolución del procedimiento sancionador podrá acordar que se dé publicidad a las sanciones impuestas, una vez firmes en vía administrativa, mediante la publicación del nombre de la empresa o de las personas naturales o jurídicas responsables, con expresa indicación de las infracciones cometidas.

La publicidad se efectuará al menos en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en los medios de comunicación social que se consideren adecuados para la prevención de futuras conductas infractoras”.

De acuerdo con las normas de competencia establecidas en los artículos 62.2, apartado h), y 53.3 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid,

ACUERDO

Dar publicidad en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en los principales periódicos de ámbito nacional, por razones de ejemplaridad y en protección de los intereses económicos de los consumidores, a la sanción impuesta a la empresa “ZZZ Zonavisión, Sociedad Limitada”, por importe de 16.000 euros, por la comisión de la siguiente infracción:

«3. Imposición al consumidor de cobros indebidos:

La empresa cobra a los usuarios de los servicios recargos por los conceptos de mano de obra, urgencia, desplazamiento y nocturnidad pese a no haber realizado el trabajo, contraviniendo, incluso sus propias tarifas en cuya virtud, cuando el presupuesto no fuera aceptado solo podría procederse al cobro del concepto de asistencia.

La empresa cobra a los usuarios recargos de urgencia aun cuando no se acredite que se hubiera solicitado expresamente este servicio con carácter de urgente y aun cuando el técnico se personase en el domicilio con posterioridad al transcurso de veinticuatro horas después de efectuada la llamada. La publicidad emitida por la empresa, según obra en el expediente, al haber sido aportada junto con su escrito de alegaciones de fecha de Registro de Entrada ante este Organismo el día de mayo de 2009, no informa sobre conceptos básicos para conocer las tarifas a aplicar por conceptos tales como “servicio de urgencia”, o bien la importancia de la determinación de la hora de intervención profesional si esta fuera decidida por el usuario del servicio».

Madrid, a 14 de diciembre de 2010.—La Directora General de Consumo, Carmen Martínez de Sola y Coello de Portugal.

(01/66/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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