Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
05-01-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110105-186

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

186
Ejecución 51 de 2010

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.411 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Manuel Rodríguez de Sanabria Sánchez, contra don Carlos Martínez García Matamoros, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto de fecha 17 de febrero de 2010:

Auto

En Madrid, a 17 de febrero de 2010.

Parte dispositiva:

a) Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don José Manuel Rodríguez de Sanabria Sánchez, contra don Carlos Martínez García Matamoros, por un importe de 10.393,81 euros de principal, más 1.039,38 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.

b) Trabar embargo sobre los bienes del demandado en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución.

c) A tal fin líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las cuales se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiéndose solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios materiales y personales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

d) Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos, así como a las entidades pertinentes organismos y Registros Públicos, así como las entidades bancarias más significativas con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos del deudor de que tengan constancia, pudiéndose acceder a dicha información a través de la base de datos del Punto Neutro Judicial.

e) Se acuerda el embargo sobre el crédito que contra Colegio Oficial de Arquitectos ostentan el demandado por relaciones comerciales mantenidas con el mismo; en lo que sea suficiente a cubrir las cantidades por las cuales se ha despachado ejecución. A tal fin, líbrese el correspondiente oficio al citado Colegio al objeto de requerirle, bajo su personal responsabilidad, para que en el plazo máximo de cinco días proceda a dar cumplimiento de lo acordado, transfiriendo a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado las cantidades adeudadas.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Carlos Martínez García Matamoros, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de diciembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/46.927/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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