Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
28-12-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101228-431

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

431
Demanda 885 de 2009

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 885 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Óscar Martín Almarcha, contra la empresa “Taiplás, Sociedad Anónima Laboral”, sobre ordinario, se han dictado sentencia de fecha 30 de septiembre de 2010 y auto de aclaración de fecha 15 de octubre de 2010 siguientes:

Estimando la demanda interpuesta por don Óscar Martín Almarcha, contra “Taiplás, Sociedad Anónima Laboral”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 1.385,93 euros por los conceptos y períodos indicados.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Notifíquese esta sentencia a las partes, poniendo en su conocimiento que es firme y contra la misma no cabe interponer recurso alguno.

Auto de aclaración de fecha 15 de octubre de 2010.

Que procede aclarar el hecho probado tercero y el fallo de la sentencia dictada en los presentes autos de fecha 30 de septiembre de 2010, debiendo quedar, respectivamente, redactados en los términos siguientes:

«Tercero.—La empresa demandada, no ha abonado al actor determinadas cantidades que constan en el hecho tercero de la demanda y escrito de ampliación de la misma de 3 de diciembre de 2009, que se dan aquí por reproducidos, correspondientes al período de prestación de servicios, ascendiendo dichas cantidades a 3.387,91 euros, solicitando, asimismo, el abono del 10 por 100 de la citada cantidad en concepto de interés por mora, ascendiendo el total reclamado a 3.726,70 euros.»

«Fallo

Estimando la demanda interpuesta por don Óscar Martín Almarcha, contra “Taiplás, Sociedad Anónima Laboral”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 3.726,70 euros por los conceptos y períodos indicados.»

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, sucursal 1096, de paseo de Goya, número 2, de Móstoles, a nombre de este Juzgado con el número 2851, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con el número 2851 la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Taiplás, Sociedad Anónima Laboral”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 25 de octubre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/45.988/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101228-431