Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 305

Fecha del Boletín 
22-12-2010

Sección 1.3.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101222-17

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN

17
RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2010, por la que se hace pública la segunda adenda al convenio de colaboración suscrito entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Consejería de Empleo y Mujer de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la segunda adenda al convenio de colaboración suscrito entre el Servicio Público de Empleo Estatal y la Consejería de Empleo y Mujer de la Comunidad de Madrid.

ANEXO

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO ENTRE EL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL Y LA CONSEJERÍA DE EMPLEO Y MUJER DE LA COMUNIDAD DE MADRID

En Madrid, a 30 de septiembre de 2010.

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don Francisco Javier Orduña Bolea, Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, nombrado por Real Decreto 937/2008, de 30 de mayo (“Boletín Oficial del Estado” número 132, de 31 de mayo).

Y de otra, la excelentísima señora doña Paloma Adrados Gautier, Consejera de Empleo, Mujer e Inmigración de la Comunidad de Madrid, nombrada por Decreto 5/2010, de 18 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 66, de 18 de marzo).

Ambas partes se reconocen de modo recíproco capacidad para formalizar la presente adenda, y a tal efecto,

EXPONEN

1. Que con fecha 17 de diciembre de 2008, el Servicio Público de Empleo Estatal y la Consejería de Empleo y Mujer firmaron un Convenio de Colaboración para el apoyo técnico del Servicio Público de Empleo Estatal, a través de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, en la gestión de las solicitudes presentadas al amparo de la convocatoria publicada por la Comunidad Autónoma de Madrid para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de formación dirigida prioritariamente a trabajadores/as ocupados/as que se vayan a ejecutar en el ámbito de la Comunidad.

2. Que la vigencia del citado convenio, según se indica en su cláusula séptima, se extiende desde su firma hasta la finalización del proceso de liquidación de las ayudas concedidas con cargo al ejercicio presupuestario de 2008.

3. Que con fecha 22 de octubre de 2009 se suscribió adenda en virtud de la cual se modificó la vigencia del convenio de colaboración suscrito, que se extendió hasta la finalización del proceso de liquidación de las ayudas concedidas con cargo al ejercicio presupuestario 2009, salvo denuncia expresa de cualquiera de las partes, denuncia que no se ha producido.

4. Que, como quiera que continúan existiendo las razones que motivaron la suscripción del convenio, esto es, la colaboración entre ambos organismos para la mejor consecución de los fines establecidos en el marco del subsistema de formación profesional, resulta de interés para ambas partes prorrogar el contenido para el ejercicio presupuestario 2010.

En virtud de lo anteriormente expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente adenda al Convenio de Colaboración, del que es parte integrante, con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Se modifica la vigencia del Convenio de Colaboración suscrito, que se extenderá hasta la finalización del proceso de liquidación de las ayudas concedidas con cargo al ejercicio presupuestario 2010, salvo denuncia expresa de cualquiera de las partes.

Segunda

En todo aquello que no resulte expresamente modificado por la presente adenda se entenderán vigentes y con plenos efectos los términos y condiciones del Convenio de Colaboración firmado entre las partes.

Estando las partes conformes con el contenido de este documento, se suscribe la presente adenda, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.

El Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, Francisco Javier Orduña Bolea; La Consejera de Empleo, Mujer e Inmigración, Paloma Adrados Gautier.

Madrid, a 3 de diciembre de 2010.—La Secretaria General Técnica, Rosario Jiménez Santiago.

(03/47.136/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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