Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 302

Fecha del Boletín 
18-12-2010

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101218-18

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE LA CALZADA

OTROS ANUNCIOS

18
Baja padrón municipal

De conformidad con lo establecido en la resolución conjunta de la presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del director general de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal de 1 de abril de 1997, y ya que o bien se ha intentado la notificación y esta no se ha podido practicar o bien dicha notificación se ha practicado y dando audiencia a los interesados de la propuesta de baja este/a no ha manifestado alegación alguna, sirva el presente anuncio para notificar a:

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Que habiendo tenido conocimiento este Ayuntamiento de que el interesado/a no reside en el domicilio arriba indicado, en base a lo establecido en el artículo 72 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (en su redacción dada por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre), le comunico que se ha procedido a incoar de oficio expediente para proceder a darle de baja en el padrón de este municipio, por no cumplir los requisitos establecidos en el artículo 54 del mencionado Reglamento.

No obstante, se le concede un plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que manifieste si está o no de acuerdo con la baja, debiendo presentar los documentos y justificaciones que estime oportunas, al objeto de acreditar que vive en este municipio.

En Torrejón de la Calzada, a 17 de noviembre de 2010.—El alcalde-presidente, José María Naranjo Navarro.

(02/11.635/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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