Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
16-12-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101216-261

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

261
Demanda 1.032 de 2010

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.032 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana María González Méndez, contra la empresa “Nutrición y Dietética Ferma, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la sentencia de fecha 5 de noviembre de 2010, siguiente:

Sentencia número 493 de 2010

En Madrid, a 5 de noviembre de 2010.—Doña Susana García Santa Cecilia, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, tras haber visto los presentes autos número 1.032 de 2010, sobre despido, en los que han sido partes: como demandante, doña Ana María González Méndez, asistida por el letrado don José Luis Alburquerque, y como demandados, “Nutrición y Dietética Ferma, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que citados en legal forma no comparecen, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Ana María González Méndez, contra “Nutrición y Dietética Ferma, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del que fue objeto al demandante el día 23 de junio de 2010, condenando a la empresa demandada a que en el plazo de cinco días, contados a partir de la notificación de esta sentencia, opten por readmitir a la trabajadora en su puesto de trabajo o por indemnización con la cantidad de 4.402,59 euros, debiendo abonarle, en todo caso, los salarios dejados de percibir desde la fecha indicada hasta la de la referida notificación, con la advertencia de que de no ejercitar la opción dentro del plazo indicado, mediante escrito o comparecencia en este Juzgado, se entenderá que produce la readmisión de la trabajadora.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Nutrición y Dietética Ferma, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/44.739/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101216-261