Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286

Fecha del Boletín 
30-11-2010

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101130-41

Páginas: 5


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

Tesorería General de la Seguridad Social

Dirección Provincial de Madrid

41
Edicto embargo bienes inmuebles

URE 28/01.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Gloria Soto González, Recaudadora Ejecutiva de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/01, con domicilio en la C/ Juan Bravo, 49 dpdo., 28006 Madrid.

HAGO SABER: Que con fecha de hoy he dictado la siguiente diligencia en los expedientes que en ella misma se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES POR DEBITOS A LA TESORIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL HALLÁNDOSE EL DEUDOR O LOS COTITULARES DEL INMUEBLE EN PARADERO DESCONOCIDO.

Diligencia: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra los deudores relacionados a continuación y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 1447 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes a los deudores que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

NOMBRE: JOSE MANUEL CARETTI GUTIERREZ.-DOMICILIO: CL PRINCIPE DE VERGARA NÚMERO 30, MADRID.- DATOS FINCA: LOCAL COMERCIAL EN TORREMOLINOS, MALAGA, PASAJE ZACATÍN NÚMERO 1, SOTANO.- REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MALAGA NÚMERO 3, FINCA: 12961/A, TOMO:1797, LIBRO: 847,FOLIO:223.- DEBITOS POR DESCUBIERTOS A LA SEGURIDAD SOCIAL DE 4.880,61EUROS POR PERIODOS COMPRENDIDOS ENTRE 01/2008 Y 02/2010.

NOMBRE: JOSE RAMON DOLS MARTINEZ DE LA CUERDA.- DOMICILIO: CL CASTILLO DE PONFERRADA NÚMERO 93, VILLAFRANCA, MADRID.- DATOS FINCA: RUSTICA EN VILLAFRANCA DE LOS CABALLEROS, AVENIDA LAS LAGUNAS, REGISTRO DE LA PORPIEDAD DE MADRIDEJOS, TOLEDO, FINCA: 8836, TOMO: 997, LIBRO: 101, FOLIO: 107.- COTITULAR: MARIA ESTHER DOLS MARTINEZ.-DEBITOS POR DESCUBIERTOS A LA SEGURIDAD SOCIAL: 15.744,26 EUROS POR PERIODOS COMPRENDIDOS ENTRE 09/2006 Y 03/2010.

NOMBRE: PEDRO CARABALLO MARTINEZ.- DOMICILIO: CL RIO MIÑO NÚMERO 9 EN PARLA, MADRID.- DATOS FINCA: VIVIENDA Y GARAJE EN CL RIO LOZAYA NÚMERO 1, PARLA, FINCA: 19409, TOMO: 989, LIBRO: 438, FOLIO: 210.- DEBITOS POR DESCUBIERTOS A LA SEGURIDAD SOCIAL: 93.774,87EUROS POR PERIODOS COMPRENDIDOS ENTRE 04/2007 Y 12/2009.

De los citados embargos se efectuará anotación preventiva de embargo en los Registros de la Propiedad correspondientes a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Hallándose el deudor, cónyuge o cotitulares del inmueble en paradero ignorado notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Junta Municipal del Municipio correspondiente al último domicilio conocido del correspondiente titular, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto /2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Lo que se hace público, en cumplimiento de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor, y si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos los que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, podrá interponerse de conformidad con lo establecido en el artículo 43.1 del Real Decreto 1415 /2004, recurso ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de la publicación de este Edicto, sin que ello implique suspensión del procedimiento, excepto en términos y cumplidas que sean las condiciones establecidas en el artículo 43.2 del Reglamento General de Recaudación, ya mencionado.

Madrid, 22 de noviembre de 2010.-La Recaudadora Ejecutiva, Gloria Soto González.

NOTIFICACIÓN DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Doña GLORIA SOTO GONZALEZ, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/01 de las de Madrid, con domicilio en la Cl Juan Bravo número 49, 28006 de Madrid.

Hace saber: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social, contra los apremiados que figuran en la relación adjunta, que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar la VALORACIÓN de los bienes inmuebles más abajo descritos.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al del recibo de la presente valoración inicial. En caso de discrepancia entre ambas valoraciones se aplicará la siguiente regla:

- Si la diferencia entre ambas valoraciones, considerada por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la U.R.E. solicitará a los Colegios Profesionales o mercantiles la designación de otro perito, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a 15 días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, deberá estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” Del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contando a partir de la publicación del presente Edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DÍAS, contados a partir de la publicación del presente, comparezcan en el expediente por sí o por medio de representante autorizado, a fin de señalar persona y domicilio para la practica de las notificaciones a las que haya lugar en el procedimiento, con la prevención de que transcurrido dicho plazo sin personarse se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento.

NOMBRE RAZON SOCIAL: DIONISIO MORILLO VELARDE DELGADO.- DOMICILIO: CL NUÑEZ DE BALBOA NÚMERO 9.- 28001 MADRID.- DATOS FINCA: CASA DE 1831 M2 EN CL LOS MONTENEGRO NÚMERO 16, EN FUENTE OVEJUNA, CORDOBA.- DATOS REGISTRALES: finca 2307, tomo 734, libro 192, folio 113.- IMPORTE DE LA TASACION A EFECTOS DE SUBASTA: 103.133,00 EUROS.

Madrid, a 26 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Gloria Soto Gonzáalez.

URE 28/03.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE ACTOS DE GESTIÓN DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA.

Don Nicasio Fuentes Cobos, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/03 de Madrid, con domicilio en la c/ Fuencarral 77 - 4ª planta Madrid.

HACE SABER: Que por haber resultado infructuosas las notificaciones realizadas en el ultimo domicilio conocido del deudor, practicadas conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 junio (“Boletín Oficial del Estado” de 25 de junio), que remite a los artículos 28 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicos de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 enero, se recurre a la notificación por edictos de los datos dictados por los Jefes de las Unidades de Recaudación Ejecutiva de la Dirección Provincial de Madrid a los apremiados que se relacionan, incursos en procedimientos ejecutivos seguidos por débitos a la Seguridad Social, haciendo constar que el presente edicto se hace publico a los efectos de que sirva de notificación al deudor.

ACTOS QUE SE NOTIFICAN:

NOTIFICACION DE RETIRADA DE BIENES MUEBLES DEPOSITADOS EN ALMACEN TGSS.

En relación con el expediente de apremio que se sigue en esta Unidad a Nombre de la Empresa PAMECO ELECTRODOMESTICOS SL se pone en su conocimiento que celebrada la subasta, el día 04/05/2010tita92, esta resulto desierta.

Se le emplaza para que, en el plazo de quince días a partir de la fecha de recepción de la presente notificación, retire los bienes embargados y que se encuentran depositados en los almacenes de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, en Coslada Av. de la Industria, 22.

Transcurrido dicho plazo, sin que se haya producido la retirada de los bienes, se entenderá que renuncia a ellos y la Dirección Provincial de la Tesorera General de la Seguridad Social de Madrid actuara como en derecha corresponda.

Madrid, a 24 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Nicasio Fuentes Cobos.

URE 28/08.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Don Agustín Rama Manzano, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/08, con sede en la calle Juan de Urbieta, número 44 - 28007 - Madrid.

HACE SABER: que los expedientes administrativos de apremio que se instruyen en esa Unidad de Recaudación Ejecutiva contra los deudores de referencia, por deudas a la Seguridad Social, se procedió al embargo de bienes inmuebles de su propiedad. Como interesados se les notifica que los bienes embargados han sido tasados por esa Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se transcribe en relación adjunta, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviesen conformes con la tasación fijada, podrán presentar valoración contradictoria, en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la presente notificación. En el caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro tasador, que deberá realizar nueva valoración en el plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los limites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN FORMA y demás efectos Pertinentes a los destinatarios, en su condición de deudores se expide la presente notificación.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrán formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27) de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

RELACIÓN DE INMUEBLES EMBARGADOS (CON VALORACIÓN DE LOS MISMOS):

DEUDOR: CIRCULO CERO, S.L.

EXPEDIENTE: 28080900088140.

D.N.I.-C.I.F.: 0B81191645.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS DE LA FINCA URBANA.

DESCRIPCOIÓN DE LA FINCA: 100 POR 100 DE VIVIENDA EN MADRID.

TIPO DE VIA: AV. NOMBRE DE LA VIA: CIUDAD DE BARCELONA NÚMERO DE VIA: 37 ESC: PISO: 8 PUERTA: A COD. POST: 28007 COD MUNI: 28079.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 02 NÚMERO TOMO: 2039 NÚMERO LIBRO: 1954 NÚMERO FOLIO: 171 NÚMERO FINCA: 82930.

IMPORTE DE TASACION: 275.321,00 Euros.

Madrid, a 19 de noviembre de 2010.-El Recaudador Ejecutivo, Agustín Rama Manzano.

EDICTO DE NOTIFICACION DE TRAMITE DE AUDIENCIA AL ADMINISTRADOR.

Don Agustín Rama Manzano, recaudador ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/08 de Madrid, calle Juan de Urbieta número 44.

HACE SABER: De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que TAMARA DELGADO HIGUERA, con D.N.I. 03873427C, figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de la Sociedad ROMA OSLO, S.L. CIF.: 0B84219211, NÚMERO EXP.: 28 08 08 00004348, la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 34.072,31Euros (períodos comprendidos: del 01/1996 al 02/2010 y del 01/2008 al 05/2008.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260, apartado 1, puntos 3,4,5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1 letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/95 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25) se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a quince días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/08 de las de Madrid, sita en la calle Juan de Urbieta 44 (C.P. 28007). Teléfono 915010251, FAX 915021276. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar.

Madrid, a 19 Noviembre de 2010.-El recaudador ejecutivo, Agustín Rama Manzano.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Don Agustín Rama Manzano, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/08, con sede en la calle Juan de Urbieta, número 44 - 28007 - Madrid.

HACE SABER: que los expedientes administrativos de apremio que se instruyen en esa Unidad de Recaudación Ejecutiva contra los deudores de referencia, por deudas a la Seguridad Social, se procedió al embargo de bienes inmuebles de su propiedad. Como interesados se les notifica que los bienes embargados han sido tasados por esa Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se transcribe en relación adjunta, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviesen conformes con la tasación fijada, podrán presentar valoración contradictoria, en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la presente notificación. En el caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro tasador, que deberá realizar nueva valoración en el plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los limites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN FORMA y demás efectos Pertinentes a los destinatarios, en su condición de deudores se expide la presente notificación.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrán formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27) de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

RELACIÓN DE INMUEBLES EMBARGADOS (CON VALORACIÓN DE LOS MISMOS):

DEUDOR: CONSTRUCCIONES HECAPAMA, S.L.

EXPEDIENTE: 28080900353272.

D.N I.-C.I.F.: 0B80576077.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS DE LA FINCA URBANA.

DESCRIPCOIÓN DE LA FINCA: 100 POR 100 PLENO DOMINIO DE VIVIENDA UNIFAMILIAR EN VALDEMORILLO (MADRID).

TIPO DE VIA: CL. NOMBRE DE LA VIA: MERINAS NÚMERO DE VIA: 6 ESC: PISO: PUERTA: COD. POST: 28210 COD MUNI: 28160.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 03 NÚMERO TOMO: 2749 NÚMERO LIBRO: 210 NÚMERO FOLIO: 15 NÚMERO FINCA: 11568.

IMPORTE DE TASACION: 423.924,23 Euros.

Madrid, a 19 de noviembre de 2010.-El Recaudador Ejecutivo, Agustín Rama Manzano.

URE 28/09.

EDICTO DE NOTIFICACION DE LA PROVIDENCIA DE APREMIO A DEUDORES NO LOCALIZADOS.

La Jefa de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social, respecto de los sujetos responsables que figuran en la relación adjunta, por deudas a la Seguridad Social cuya cuantía total asciende a la cantidad que asimismo se indica en la citada relación, ha dictado la siguiente.

PROVIDENCIA DE APREMIO: En uso de la facultad que me confiere el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” 29-6-94) y el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre (“Boletín Oficial del Estado” 24-10-95), ordeno la ejecución contra el patrimonio del deudor.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio del deudor, procede practicar la notificación de la providencia de apremio, conforme prevé el artículo 109 del Reglamento General de Recaudación, mediante la publicación del presente anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido del deudor y en el Boletín Oficial correspondiente.

La presente notificación se publica con el fin de requerir al deudor para que efectúe el pago de la deuda en el plazo de QUINCE DÍAS ante la correspondiente Unidad de Recaudación Ejecutiva, con la advertencia de que en caso contrario se procederá al embargo de los bienes del deudor en cantidad bastante para el pago de la deuda por principal, recargo de apremio, intereses en su caso, y costas del procedimiento de apremio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110.3 del Reglamento General de Recaudación, así como para solicitar su comparecencia en el plazo de 8 días por sí o por medio de representante, con la advertencia de que si ésta no se produce, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que le asiste a comparecer, conforme dispone el artículo 109.4 del citado Reglamento General.

Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse oposición al apremio dentro del plazo de los quince días siguientes al de su notificación, ante el mismo órgano que lo dictó, por alguna de las causas señaladas en el artículo 34.2 de la Ley General de la Seguridad Social citada anteriormente, debidamente justificadas, suspendiéndose el procedimiento de apremio hasta la resolución de la oposición.

Asimismo, y dentro del mes siguiente a la fecha de publicación de este anuncio, podrá interponerse recurso ordinario ante el órgano superior jerárquico del que dictó el acto, que no suspenderá el procedimiento de apremio, salvo que se realice el pago de la deuda perseguida, se garantice con aval suficiente o se consigue su importe incluido el recargo de apremio y el 3 por ciento a efectos de la cantidad a cuenta de las costas reglamentariamente establecidas, a disposición de la Tesorería General de la Seguridad Social, conforme a lo previsto en el artículo 34.4 de la citada Ley General de la Seguridad Social.

EXPEDIENTE. – NOMBRE O RAZÓN SOCIAL. – NIF. – DIRECCIÓN. – CODIGO POSTAL. – LOCALIDAD. – NUM. RECLAMACIÓN. – CONCEPTO. – PERIODO. – IMPORTE.

28091090001087. – BARRAGAN RIVAS JOSE ISRAEL. – 052341536E. – TRES OLIVOS 9 1-2. – 28035. – MADRID. – 5095621084. – COLOCACION POR CUENTA AJENA. – 1/03/2006 A 30/03/2006. – 292,78.

En Madrid, a 18 de noviembre de 2010.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA, María José Moreno Arróniz.

URE 28/10.

EDICTO DE NOTIFICACION DE CERTIFICACION DE DESCUBIERTO Y PROVIDENCIA DE APREMIO.

Don Rafael Bacete Silva, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social numero 28/10 con domicilio en C/Miguel Fleta, 3, 28037-Madrid.

Hace saber: De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 29-06-94) y 85 del Reglamento General de Recaudación de los recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 25-06-2004), dicto la presente Providencia de Apremio, que constituye el TITULO EJECUTIVO suficiente para el inicio del procedimiento de apremio y tiene la misma fuerza ejecutiva que las sentencias judiciales para proceder contra los bienes y derechos de los sujetos responsables del pago de la deuda, practicándose, en caso de impago, el EMBARGO DE LOS BIENES en los términos establecidos en el artículo 32.2 de la Ley General de la Seguridad Social y la ejecución de las garantías existentes.

Para el caso de certificaciones que se correspondan con Resoluciones emitidas con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, si no se ingresa su importe en el plazo de 15 días naturales desde su notificación serán exigibles los INTERESES DE DEMORA (interés legal incrementado en un 25 por 100) devengados desde la finalización del plazo reglamentario de ingreso hasta la fecha de pago de la deuda para el principal y desde el vencimiento del plazo de ingreso de esta providencia para el recargo.

Relación que se cita:

Número del Documento Nacional de Identidad (DNI). – Nombre del deudor (NOMBRE). – Dirección del envío (DIRECCION ENVIO). – Código Postal (CP). – Localidad del envío (LOCALIDAD). – Expediente (EXPEDIENTE). – Procedimiento (PROCEDIMIENTO). – Período que abarca la Deuda Reclamada (PERÍODO). – Importe de la Deuda que mantiene en la Unidad de Recaudación Ejecutiva (IMPORTE). – Unidad de Recaudación Ejecutiva (UNIDAD).

0A78292844. – OXITRANS, S.A.. – C/MIGUEL YUSTE, 43. – 28037. – MADRID. – 28-10-10-90002081. – CERTIFICACION DESCUBIERTO INEM 28-10-050968210. – 26/09/2008 A 30/10/2008. – 868,92 €. – U.R.E.: 2810.

URE 28/24.

EDICTO.

NOTIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DON FRANCISCO GUZMAN GOMEZ SELLES, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 24 de Madrid, sita en la calle Manuel Sandoval, 5 de Torrejón de Ardoz.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra RAUL MORALES MUÑOZ con código cuenta de cotización número 07 281082977452 por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en CL MADRID 10 1º A DE TORREJON DE ARDOZ se procedió con fecha 04-10-2010 al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe:

"DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor NORALES MUÑOZ RAUL, con D.N.I/N.I.F. Número 51941907H, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle:

IMPORTE PRINCIPAL: 3852,91 EUROS.

RECARGO DE APREMIO: 770,63 EUROS.

INTERESES: 282,97 EUROS.

COSTAS DEVENGADAS: 10,46 EUROS.

COSTAS PRESUPUESTAS: 462 EUROS.

TOTAL DEBITOS: 5378,97 EUROS.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de l1 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen al final de esta diligencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, en su caso.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

- Si la diferencia entre ambas no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

- Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20 por 100, queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de 15 días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y, si se logra acuerdo, hacer una sola.

- Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

FINCA NUMERO 1:

REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE TORREJON DE ARDOZ 3.

TOMO: 3951 LIBRO: 1176 FOLIO: 70 FINCA: 28314.

DESCRIPCION. 100 POR 100 DEL PLENO DOMINIO DE LA VIVIENDA EN TORREJON DE ARDOZ, CL MADRID 10 1º A. SUPERFICIE CONSTRUIDA 78 M2.

Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 85, 86 y 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Torrejón de Ardoz, 18 de noviembre de 2010.-EL JEFE DE U.R.E.

PROVINCIAS.

PROVINCIA 15 A CORUÑA.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA-501).

REFERENCIA:

Tipo/Identificador: 10 15107008251 Régimen: 0521.

Número Expediente: 15 07 05 00065050.

Nombre/Razón Social.: CAMPO MONTERO JOSE ANTONIO.

Domicilio: CL NIEREMBERG 8 3º O.

Localidad: 28002 - MADRID.

DNI/CIF/NIF: 051673422N.

Don José Luís VAL SA, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 15/07 de la Seguridad Social de A Coruña.

HACE SABER: Que en expediente administrativo de apremio que se sigue en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el apremiado de la referencia, se ha dictado el acto que se transcribe.

Ignorándose el actual domicilio del apremiado CAMPO MONTERO JOSE ANTONIO, con D.N.I. 051673422N y resultando desconocido o ausente en el que facilitara en su momento, se notifica la diligencia que se transcribe, dando cumplimiento con ello al trámite previsto en el art. 9 del Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2.004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el art. 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 01/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone al artículo 46.1) del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Lo que se comunica a efecto de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA-501).

NÚMERO DE DOCUMENTO 15 07 501 10 010624135.

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad contra el deudor de referencia, con DNI/NIF/CIF número 051673422N, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NUMERO DE P. APREMIO. – PERIODO. – REGIMEN.

15/05 015842743. – 03/2005 - 03/2005. – 0111.

15 05 015649652. – 04/2005 - 04/2005. – 0521.

15 05 016226703. – 04/2005 - 04/2005. – 0111.

15 05 016825170. – 05/2005 - 05/2005. – 0521.

15 05 017492450. – 01/2005 - 05/2005. – 0111.

15 05 017492551. – 05/2005 - 05/2005. – 0111.

15 05 017808106. – 06/2005 - 06/2005. – 0111.

15 05 017339472. – 06/2005 - 06/2005. – 0521.

15 05 018500543. – 07/2005 - 07/2005. – 0521.

15 05 019522679. – 08/2005 - 08/2005. – 0111.

15 05 020105083. – 09/2005 - 09/2005. – 0521.

15 06 010419311. – 10/2005 - 10/2005. – 0521.

15 06 011397694. – 11/2005 - 11/2005. – 0521.

15 06 012279586. – 12/2005 - 12/2005. – 0521.

15 06 013401655. – 01/2006 - 01/2006. – 0521.

15 06 014511192. – 02/2006 - 02/2006. – 0521.

15 06 015503525. – 03/2006 - 03/2006. – 0521.

15 06 016426035. – 04/2006 - 04/2006. – 0521.

15 06 016978935. – 05/2006 - 05/2006. – 0521.

15 06 018199014. – 06/2006 - 06/2006. – 0521.

15 06 021507522. – 09/2006 - 09/2006. – 0521.

15 07 010699475. – 11/2006 - 11/2006. – 0521.

15 07 011406464. – 12/2006 - 12/2006. – 0521.

15 07 014592916. – 03/2007 - 03/2007. – 0521.

15 07 025205221. – 06/2007 - 06/2007. – 0521.

15 07 025758525. – 07/2007 - 07/2007. – 0521.

15 07 028736324. – 09/2007 - 09/2007. – 0521.

15 08 010481408. – 10/2007 - 10/2007. – 0521.

15 08 011339048. – 11/2007 - 11/2007. – 0521.

15 08 012371591. – 12/2007 - 12/2007. – 0521.

15 08 015014035. – 01/2008 - 01/2008. – 0521.

15 08 015014136. – 02/2008 - 02/2008. – 0521.

15 08 016040417. – 03/2008 - 03/2008. – 0521.

15 08 016978586. – 04/2008 - 04/2008. – 0521.

15 08 018309813. – 05/2008 - 05/2008. – 0521.

15 08 018927781. – 06/2008 - 06/2008. – 0521.

15 08 020052375. – 07/2008 - 07/2008. – 0521.

15 08 021057135. – 08/2008 - 08/2008. – 0521.

15 08 023119700. – 09/2008 - 09/2008. – 0521.

15 08 025022516. – 10/2008 - 10/2008. – 0521.

15 09 011151996. – 11/2008 - 11/2008. – 0521.

15 09 013125645. – 12/2008 - 12/2008. – 0521.

1509 014692904. – 01/2009 - 01/2009. – 0521.

15 09015387058. – 02/2009 - 02/2009. – 0521.

Costas. Costas e intereses.

IMPORTE DEUDA.

Principal. – Recargo. – Intereses. – Devengadas. – Presupuestados. – TOTAL.

10.779,54. – 2.155.97. – 2.673,13. – 10,64. – 500,00. – 16.119,28.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el art. 103 Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2.004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la RELACION adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en el plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

A Coruña, a 22 de enero de 2008.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

DEUDOR: CAMPO MONTERO JOSE ANTONIO.

FINCA NÚMERO: 1.

DATOS FINCA URBANA.

DESCRIPCIÓN FINCA: VIVIENDA CON TRASTERO ANEJO.

TIPO VIA: AV. NOMBRE VIA: GENERALISIMO NÚMERO VIA: 62 BIS NÚMERO VIA: ESCALERA: PISO: 5º PUERTA: IZQ COD-POST: 15160 COD-MUNI: 15076.

LINDE S.: REGINO CUENCA JIMENEZ LINDE O.: CAMINO.

DATOS REGISTRO.

NÚMERO REG: NÚMERO TOMO: 1450 NÚMERO LIBRO: 205 NÚMERO FOLIO: 121 NÚMERO FINCA: 7831.

DESCRIPCION AMPLIADA.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE BETANZOS.

MUNICIPIO: SADA FINCA NÚMERO 16953 - IDUFIR: 150020001780143.

REFERENCIA CATASTRAL: 0406413NJ6000N0016WF.

NATURALEZA DE LA FINCA: VIVIENDA CON ANEJOS.

CUOTA DE PARTICIPACION: 8,1800 POR 100 ORDEN:16.

VIA PUBLICA: AVENIDA GENERALISIMO FRANCO NÚMERO 62 PLANTA 5ª PUERTA IZQ.

CP 15160.

SUPERFICIE 101,04 - UTIL 88,11M2.

TIENE COMO ANEJO INSEPARABLE EL TRASTERO NÚMERO 11 EN PLANTA BAJA.

A CORUÑA, A 13 de octubre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO.

A CORUÑA, A 19 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, José Luís VAL SA.

PROVINCIA 05 AVILA.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN.

La Subdirección Provincial de Gestión Recaudatoria de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Ávila, en virtud de lo establecido en el artículo 18 de la Ley General de la Seguridad Social, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 29), sobre competencia en materia de gestión recaudatoria y artículos 15 y 104, sobre responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar; así como en lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25) en sus artículos 2, sobre competencia y atribución de funciones; 12, 13, 14 y 15, reguladores de las normas comunes sobre los responsables de pago así como de los responsables solidarios, subsidiarios y de los sucesores "mortis causa", ha acordado iniciar de oficio el expediente de derivación para la determinación de la responsabilidad solidaria, subsidiaria o de los sucesores mortis causa a nombre del interesado que se identifica al pie del presente edicto.

Habiendo resultado infructuosos los intentos de notificación de dicho acuerdo en el domicilio del interesado que consta en esta Entidad, por ausencia del mismo o por ignorar su actual paradero, de conformidad con lo previsto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” 27/11/92), se procede a su notificación mediante publicación, en extracto, en el tablón de edictos del Ayuntamiento correspondiente a su último domicilio conocido y en el correspondiente Boletín Oficial.

Para conocimiento de su contenido íntegro, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en las dependencias de esta Dirección Provincial, en la Avenida de Portugal, número 4 de Ávila (05001).

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.4 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social antes citado, se procede a notificar al interesado la iniciación del expediente, abriéndose un trámite de audiencia, donde en el plazo de QUINCE DIAS podrá alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes.

Por último, a los efectos previstos en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en relación con lo dispuesto en el artículo 13.4 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, citado en el párrafo anterior, se ponen en su conocimiento los siguientes extremos relacionados con la tramitación del presente procedimiento:

1) A partir de 03/11/2010, fecha de iniciación del procedimiento, el plazo máximo para dictar resolución y notificarla es de seis meses.

2) Transcurrido dicho plazo máximo sin que haya recibido la correspondiente notificación de la resolución, se producirá la caducidad del procedimiento con archivo de las actuaciones (artículos 42 y 44 Ley 30/1992). Tal caducidad, sin embargo, no producirá por si sola la prescripción de las acciones de la Administración, pero no interrumpirá el plazo de prescripción (artículo 92.3 Ley 30/1992).

3) No obstante lo anterior, el plazo máximo indicado en el apartado 1) podrá ser suspendido por los motivos legalmente establecidos.

Núm. Expediente: DI20100026/DR20100044.

Nombre y apellidos o razón social del interesado: JBP 2000 CONSTRUCCIONES, S.L.

CIF: B82428749.

Tipo derivación: 4.1 Solidaria (Sucesión de empresas).

Importe deuda: 131.250,22 €.

Identificación deudor inicial: SIERRA 3003 CONSTRUCCIONES Y REFORMAS, S.L.

EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL DE GESTION RECAUDATORIA, Juan Carlos Herráez Mancebo.

PROVINCIA 07 BALEARES.

ADMINISTRACIÓN 07/02.

C/ JESÚS, 14.

07003 PALMA DE MALLORCA.

Asunto: Comunicación de resoluciones declarando Altas y/o Bajas de oficio y variaciones de datos, devueltas por los Servicios de Correos.

Margarita Trinchant Garrigós, Directora de la Administración 07/02 de la Seguridad Social de Palma de Mallorca.

HACE SABER:

Que habiendo resultado infructuosa la notificación por carta certificada con acuse de recibo, se procede de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” 27.11.92), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a comunicar que se han adoptado resoluciones declarando las Altas y/o Bajas de oficio, y variaciones de datos, que figuran en la relación adjunta.

Fundamentos de Derecho.

Artículos 3, 4, 29, 35, 46 y 47 del Real Decreto 84/96 de 26 de enero, Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” de 27-02-96).

Artículo 13 del R. D. Leg. 1/1994 de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” 20-06-94) por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Real Decreto 1314/1984 de 20 de junio (B.O,E, del 11 de julio) que regula la estructura y competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” Del día 27).

Palma de Mallorca, 22 de noviembre de 2010.-La Directora de la Administración 07/02, Margarita Trinchant Garrigós.

ANEXOTRABAJADOR: ELENA PENKOVA.

NAF: 281335706508.

LOCALIDAD: MADRID.

EMPRESA: ANGEL FONT AYUSO.

CCC: 07006832633.

ALTA FECHA REAL: 08/06/10 EFECTOS: 08/06/10.

BAJA FECHA REAL: 08/06/10 EFECTOS: 08/06/10.

EMPRESA: DAAR PRIMERA, S.L.

CCC: 28157711785.

LOCALIDAD: MADRID.

TRABAJADOR: LIDIJA BAJOVIC.

NAF: 071054803546.

BAJA FECHA REAL: 03/05/10 EFECTOS: 03/05/10.

PROVINCIA 24 LEON.

EDICTO DE NOTIFICACION DE EMBARGO DE SALARIOS, A DEUDORES NO LOCALIZADOS.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial” de la provincia, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

El domicilio de la unidad asignada a dichos actos administrativos es: Unidad de Recaudación Ejecutiva 24/03. -AV. LOS CUBOS, 20-22- 24007- LEON. -Tfnos.: 987 21 91 61. Fax: 987 21 91 73.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Relación que se cita:

NÚMERO EXPTE. – NOMBRE O RAZON SOCIAL. – LOCALIDAD. – EMPRESA.

07/2195/20. – VICENTE D. BORJA FUENTES. – MADRID. – DESIRE ACONDIC. Y DECORACION, S.L.

León, a 26 de November de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Mateo Martínez Campillo.

PROVINCIA 46 VALENCIA.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA.

UNIDAD DE IMPUGNACIONES.

ANUNCIO sobre notificación:

Como quiera que no ha sido posible realizar la notificación correspondiente en el domicilio del interesado por causa no imputable a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto mediante el presente Anuncio que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican a continuación:

NOMBRE: SERGIO NORIEGA SAEZ.

DOMICILIO: AV. REY JUAN CARLOS I, NÚMERO 2-12-B.

CÓDIGO POSTAL: 28220.

LOCALIDAD: MAJADAHONDA.

PROCEDIMIENTO: Resolución Acta Liquidación e Infracción.

EXPEDIENTE: 462010008032000-I 462010000170249.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante el Órgano responsable de su tramitación en esta Dirección Provincial, para conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común “Boletín Oficial del Estado” 285, de 27 de noviembre de 1992 (Redacción Ley 4/1999, de 13 de enero ““Boletín Oficial del Estado” del 14” y Ley 24/2001, de 27 de diciembre ““Boletín Oficial del Estado” del 31”).

LUGAR Y PLAZO DE COMPARECENCIA:

En la Unidad de Impugnaciones de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, sita en la C/Marqués de Sotelo, 8 y 10 de Valencia (46002). De lunes a viernes no festivos en la localidad, de 9 a 14 horas, en el plazo de diez días contados del siguiente a la publicación de este anuncio.

Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido el interesado o sus representantes, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Valencia, a 24 de noviembre de 2010.-EL JEFE DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES, Rafael García Feliu.

UNIDAD DE IMPUGNACIONES.

ANUNCIO sobre notificación:

Como quiera que no ha sido posible realizar la notificación correspondiente en el domicilio del interesado por causa no imputable a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto mediante el presente Anuncio que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican a continuación:

NOMBRE: OLAH, ION MIRE.

DOMICILIO: PASEO IMPERIAL NÚMERO 50.

CÓDIGO POSTAL: 28005.

LOCALIDAD: MADRID.

PROCEDIMIENTO: Resolución Acta Liquidación.

EXPEDIENTE: 462010008019468.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante el Órgano responsable de su tramitación en esta Dirección Provincial, para conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común “Boletín Oficial del Estado” 285, de 27 de noviembre de 1992 (Redacción Ley 4/1999, de 13 de enero ““Boletín Oficial del Estado” del 14” y Ley 24/2001, de 27 de diciembre ““Boletín Oficial del Estado” del 31”).

LUGAR Y PLAZO DE COMPARECENCIA:

En la Unidad de Impugnaciones de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, sita en la C/Marqués de Sotelo, 8 y 10 de Valencia (46002). De lunes a viernes no festivos en la localidad, de 9 a 14 horas, en el plazo de diez días contados del siguiente a la publicación de este anuncio.

Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido el interesado o sus representantes, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Valencia, a 24 de noviembre de 2010.-EL JEFE DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES, Rafael García Feliu.

PROVINCIA 48 VIZCAYA.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIZCAYA.

ANUNCIO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES (TVA 603) NÚMERO 48 08 603 10 009321663.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 48/08, de Vizcaya, sita en la calle Gran Vía, 89-2 planta, Teléfono 944284244, Fax 944284430.

HACE SABER: En el expediente administrativo de apremio número 48 08 91 229286 que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor CONSTRUCCIONES PANERA, S.A., por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:

“PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 13 de agosto de 2010, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 9 de febrero de 2011, a las 09:30 horas, en la C/Gran Vía, 89-8º, 48011-Bilbao, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluido el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes”.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:

1.-Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta serán los indicados en la Providencia de subasta.

2.-Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley.

3.-Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.

4.-Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas hasta las 13h del día 8 de febrero de 2011. Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de la subasta.

5.-Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito.

6.-Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por ciento del tipo de subasta.

7.-El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación.

8.-La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito.

9.-Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración.

10.-Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de 30 días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho.

11.-Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario.

12.-Mediante el presente Anuncio, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.

13.-En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado.

ADVERTENCIAS:

Contra el acto notificado, que no agota la Vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamente General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.

Bilbao, a 22 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, JULIO BAONZA ANGULO.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS A ENAJENAR.

DEUDOR: CONSTRUCCIONES PANERA, S.A.

LOTE UNICO:

FINCA NÚMERO: 01 DATOS DE LA FINCA.

DESCRIPCION DE LA FNCA: GARAJE NÚMERO 28.

TIPO DE VIA: AV NOMBRE VIA: INTERMEDIA S/N COD. POSTAL: 39770 MUNIC:39035.

DATOS REGISTRO.

NÚMERO REG. NÚMERO TOMO 1094 NÚMERO LIBRO 538 NÚMERO FOLIO 157 NÚMERO FINCA 34398N.

DESCRIPCIÓN AMPLIADA.

78 POR 100 DE: URBANA: NUMERO VENTIOCHO GARAJE: Situado en la planta baja, del edificio denominado RESIDENCIA NEPTUNO, BLOQUE NUMERO III, en la zona del Ensanche de los Terreros, lugar de el Salve, con accesos por la Avenida Intermedia y por la Gran Avenida de la Playa, en proyecto, en Laredo. Ocupa treinta y dos metros y cuarenta decímetros cuadrados que LINDA: Norte, garaje veintisiete; Sur garaje veintinueve y treinta, Este, terreno sobrante propio de la edificación y Oeste, patio central. CUOTAS; participa en los elementos comunes, con relación al total inmueble, con SESENTA Y OCHO CENTESIMAS POR CIENTO.

DATOS REGISTRALES: Finca número 34398-N inscrita al tomo 1094, libro 538, folio 157; Registro de la Propiedad de Laredo.

FINCA NUMERO: 02.

DATOS DE LA FINCA.

DESCRIPCION DE LA FNCA: GARAJE NÚMERO 30.

TIPO DE VIA: AV NOMBRE VIA: INTERMEDIA S/N COD. POSTAL: 39770 MUNIC: 39035.

DATOS REGISTRO.

NÚMERO REG. NÚMERO TOMO 1094 NÚMERO LIBRO 538 NÚMERO FOLIO 161 NÚMERO FINCA 34400N.

DESCRIPCIÓN AMPLIADA.

78 POR 100 DE: URBANA: NUMERO TREINTA GARAJE: Situado en la planta baja, del edificio denominado RESIDENCIA NEPTUNO, BLOQUE NUMERO III, en la zona del Ensanche de los Terreros, lugar de el Salve, con accesos por la Avenida Intermedia (hoy c) Enrique Mowinkel) y por la Gran Avenida de la Playa, en proyecto, en Laredo. Ocupa dieciséis metros y veinte decímetros cuadrados que LINDA: Norte, garaje veintiocho; Sur garaje treinta y dos, Este, terreno sobrante propio de la edificación y Oeste, garaje veintinueve. CUOTAS; participa en los elementos comunes, con relación al total inmueble, con TREINTA Y CUATRO CENTESIMAS POR CIENTO.

DATOS REGISTRALES: Finca número 34400-N inscrita al tomo 1094, libro 538, folio 161; Registro de la Propiedad de Laredo.

VALORACION: 42.099,75 EUROS.

CARGAS QUE DEBEN QUEDAR SUBSISTENTES:

- Servidumbres de paso, luces y vistas.

- Cancelación registral de la anotación preventiva de embargo letra “A”, prorrogada por la letra “B” a favor de la TGSS, que se ejecuta.

TIPO DE LICITACION: 42.099,75 EUROS.

El adquiriente exonera expresamente a la Tesorería General de la Seguridad Social de la obligación de presentar la Certificación a la que se refiere el Artículo 9.1.e de la Ley 49/1960 de 21 de julio sobre Propiedad Horizontal.

Bilbao, a 22 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, JULIO BAONZA ANGULO.

PROVINCIA 49 ZAMORA.

DIRECCION PROVINCIAL DE ZAMORA.

UNIDAD DE IMPUGNACIONES.

Habiéndose intentado la notificación, hallándose ausente en el momento de la misma y actualmente en ignorado paradero, se cita por el presente edicto a la empresa abajo reseñada con último domicilio conocido en el lugar que se indica, a fin de que comparezca ante esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, sita en Avda. de Requejo, número 23, de Zamora, en el improrrogable plazo de diez días contados a partir del siguiente a la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, que será expuesto también en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento; con el objeto de hacerle entrega, en forma legal, la resolución dictada en el expediente que se señala, advirtiéndole que de no comparecer en dicho plazo se seguirá al expediente la tramitación que corresponde.

EMPRESA: MAVAL SEGURIDAD, S.L.

DOMICILIO: CL. PEDRO DIEZ, 45 28019-MADRID.

EXPEDIENTE: A.L. 492010008005026.

Todo ello en cumplimiento del Artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” número 285 de 27-12-92), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en redacción dada por el Artículo 1º.17 de Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” número 12 de 14-01-99) se hace público a los efectos de notificación del interesado.

Zamora, a 23 de septiembre de 2010.-LA JEFA DE SECCION DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES, Rosario Miguel Sánchez.

(01/5.210/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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