Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286

Fecha del Boletín 
30-11-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101130-239

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

EDICTO

239
Ejecución 109 de 2010

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 109 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Ventura Sánchez Mejías, doña Esperanza Salvador Sánchez, don Mario Alonso Ramírez, don Jesús Toledo García, doña Raquel García Mateos, don Francisco Javier Martín Amat y doña María Henar Díaz Cobo, contra la empresa “ATC Group Operadores Logísticos, Sociedad Anónima”, sobre despido, se han dictado autos y decretos de fecha 14 de junio de 2010 del tenor literal siguientes:

Auto

Magistrado-juez de lo social, don Antonio Seoane García.—En Madrid, a 14 de junio de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la conciliación a favor de la parte ejecutante don José Ventura Sánchez Mejías, doña Esperanza Salvador Sánchez, don Mario Alonso Ramírez, don Jesús Toledo García, doña Raquel García Mateos y don Francisco Javier Martín Amat, frente a “ATC Group Operadores Logísticos, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por importe de 230.251,61 euros en concepto de principal, más otros 13.815,10 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta (23.025,16 euros), sin perjuicio de su posterior liquidación. Corresponde del principal a don José Ventura Sánchez Mejías la cantidad de 24.673 euros, a doña Esperanza Salvador Sánchez 76.212,36 euros, a don Mario Alonso Ramírez 12.375,44 euros, a don Jesús Toledo García 63.350,28 euros, a doña Raquel García Mateos 22.015,04 euros, a don Francisco Javier Martín Amat 28.625,49 euros.

Auto

Magistrado-juez de lo social, don Antonio Seoane García.—En Madrid, a 14 de junio de 2010.

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la conciliación a favor de la parte ejecutante doña María Henar Díaz Cobo, frente a “ATC Group Operadores Logísticos, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por importe de 23.385,28 euros en concepto de principal, más otros 1.403,12 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y 2.338,53 euros de costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Decreto

Secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez.—En Madrid, a 14 de junio de 2010.

Acuerdo: Acumular a la presente ejecución la que se sigue en los autos número 188 de 2010, ejecución número 131 de 2010, de este Juzgado, frente a la común deudora “ATC Group Operadores Logísticos, Sociedad Anónima”.

Notifíquese esta resolución a todas las partes de dichos autos.

Decreto

Secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez.—En Madrid, a 14 de junio de 2010.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Requerir a “ATC Group Operadores Logísticos, Sociedad Anónima”, y a don José Sánchez Ruiz, administrador de la ejecutada, a fin de que en el plazo de cinco días manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionada, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, “ATC Group Operadores Logísticos, Sociedad Anónima”, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.

Notifíquese la presente resolución.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “ATC Group Operadores Logísticos, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de octubre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/42.641/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101130-239