Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
26-11-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101126-163

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

163
Demanda 1.035 de 2010

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.035 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Castellanos Real, don Montegranario Arboleda Home y don José Di Cesare Caldas, contra la empresa “Plásticos Bandrés, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 613 de 2010

En Madrid, a 18 de octubre de 2010.—Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de esta ciudad, el juicio promovido en reclamación de cantidad, seguido con el número de autos 1.035 de 2010, a instancias de don Miguel Ángel Castellanos Real, representado por la letrada doña Pilar Vargas Mendieta, frente a la empresa “Plásticos Bandrés, Sociedad Limitada”, que no comparece, y con citación del Fondo de Garantía Salarial; así como los autos acumulados a aquellos seguidos con los números 1.039 de 2010 y 1.040 de 2010, respectivamente, a instancias de don Montegranario Arboleda Home y don José Di Cesare Caldas, representados por la misma letrada, y frente a la misma demandada; autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente

Fallo

Que estimando las demandas en reclamación de cantidad entabladas por don Miguel Ángel Castellanos Real, don Montegranario Arboleda Home y don José Di Cesare Caldas, frente a la empresa “Plásticos Bandrés, Sociedad Limitada”, condeno a la empresa demandada a abonar a los actores las siguientes cantidades:

A don Miguel Ángel Castellanos Real: 1.025,85 euros.

A don Montegranario Arboleda Home: 2.084,10 euros.

A don José Di Cesare Caldas: 1.410,45 euros.

Todo ello más el recargo del 10 por 100 en concepto de mora en el pago y sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumbe al Fondo de Garantía Salarial dentro de los supuestos y con los límites legales.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Plásticos Bandrés, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de octubre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.947/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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