Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 279

Fecha del Boletín 
22-11-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101122-215

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

215
Ejecución 177 de 2010

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución 177 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Israel Romanillos Serrano, contra la empresa “Investura Metal, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto de fecha 29 de julio de 2010 y diligencia de ordenación de fecha 15 de octubre de 2010 del tenor literal siguiente:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Soledad Fernández del Mazo.—En Madrid, a 29 de julio de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 8 de abril de 2010 a favor de la parte ejecutante don Israel Romanillos Serrano, frente a “Investura Metal, Sociedad Limitada”, por un principal de 1.593,52 euros, más 95,61 euros y 159,35 euros calculados para intereses y costas provisionales.

Decreto

Secretaria judicial, doña María José González Huego.—En Madrid, a 29 de julio de 2010.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Requerir de pago a “Investura Metal, Sociedad Limitada”, por las cantidades de principal reclamadas de 1.593,52 euros de principal, más 95,61 euros de intereses y otros 159,35 euros de costas, por las que se despacha la presente ejecución, debiendo consignar las referidas cantidades en la cuenta de este Juzgado abierta con el número 2523 en “Banesto”, sucursal de la calle Orense, número 19, de Madrid, de forma inmediata, y si no se verificara, líbrese testimonio de la presente resolución, así como del auto despachando ejecución al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid, al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de bienes de la ejecutada que se encuentren en el domicilio de la misma, sito en paseo de la Castellana, número 153, 28046 Madrid, en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las cuales se despacha ejecución, y a quienes servirá la presente resolución de mandamiento en forma, pudiéndose solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios materiales y personales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

Requerir a “Investura Metal, Sociedad Limitada”, a fin de que manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionada, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Notifíquese la presente resolución.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María José González Huergo.—En Madrid, a 15 de octubre de 2010.

Recibido devuelto por el Servicio de Correos el anterior sobre con acuse de recibo conteniendo las notificaciones de las resoluciones de fecha 29 de julio de 2010 remitidas a la ejecutada “Investura Metal, Sociedad Limitada”, en paseo de la Castellana, número 153, de Madrid, con la indicación de “se ausentó”, extráigase su contenido. Asimismo, se ha recibido diligencia negativa de embargo de bienes del Servicio Común de Notificaciones y Embargos de la misma empresa en fecha 15 de octubre de 2010, con la indicación de “se marcharon sin dejar señas”, que se une a los autos. Y dado que se desconoce el domicilio de la empresa ejecutada, notifíquese la presente resolución a través de edictos publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, adviértase que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Asimismo, y sin perjuicio de lo anterior, póngase en conocimiento del Fondo de Garantía Salarial, remitiendo la presente resolución así como el auto general de ejecución y el decreto a los efectos oportunos.

Y dado que no se tiene conocimiento de la existencia de bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesándose la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, sucursal de la calle Orense, número 19, de Madrid, con el número 2523.

Contra esta diligencia cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días en escrito motivado dirigido al Juzgado.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Investura Metal, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de octubre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.198/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101122-215