Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
04-11-2010

Sección 1.4.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101104-48

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN

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RESOLUCIÓN de 4 de mayo de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Seralia, Sociedad Anónima-Hospital Niño Jesús de Madrid”, y representantes legales de los trabajadores (PCM-206/2010).

Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.f) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 4 de mayo de 2010.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

Expediente número PCM-0206/2010.

En Madrid, a las once y quince horas del jueves 15 de abril de 2010.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidenta: Doña María Victoria del Campo Fernández.

Vocal: Don José A. Serrano de Pablos.

Vocal: Don Salustiano Forteza Sánchez.

Vocal: Doña Olga Gutiérrez Alonso

Secretaria: Doña Josefa Díez Arribas.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha viernes 9 de abril de 2010, para conocer del expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Don Carlos Arias de Saavedra Arriero, en calidad de delegado de Madrid.

“Seralia, Sociedad Anónima-Hospital Niño Jesús de Madrid”, domiciliada en avenida de Cardenal Herrera Oria, número 296, Madrid, en calidad de empleador.

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Don Leoncio Flores Blázquez, en calidad de representante Fed. de AA DD de CC OO Madrid.

Doña Candelas Pérez Pascual, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Doña Sonsoles Gómez Hernández, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Doña María Almudena Rubio Marina, en calidad representante legal de los trabajadores.

Doña Paloma Peña Blanco, en calidad representante legal de los trabajadores.

Doña María del Carmen González Mesegar, en calidad representante legal de los trabajadores.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por don Jesús Ángel Belvis Rocha, representante de la Federación de AA DD de CC OO de Madrid

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado, con el resultado de:

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

Según las tablas salariales para 2010, que se adjuntan.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el Juez o Tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada a las once cuarenta y cinco horas del día de hoy.—La secretaria suplente (firmado).

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Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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