Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 260

Fecha del Boletín 
30-10-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101030-41

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 7

EDICTO

41
Declaración de herederos 909 de 2010

En el procedimiento de declaración de herederos número 909 de 2010, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación de la secretaria, doña Raquel María Soriano Yáñez-Sedeño.—En Parla, a 24 de septiembre de 2010.

Por presentada la anterior demanda y documentos por el procurador señor González Pomares, fórmense autos. Se admite a trámite, incoándose el expediente de declaración de herederos abintestato que se insta.

Recíbase por la secretaria la información testifical ofrecida, con citación del ministerio fiscal, señalando para su práctica el día 9 de noviembre de 2010 y hora las doce y quince.

Asimismo, se señala tal día, a las doce y treinta horas, para la formación de inventario, citándose a los acreedores del finado para que acudan a presenciarlo, si les conviniere.

Asimismo, publíquense edictos en el tablón de anuncios del Juzgado, en el Ayuntamiento de esta localidad y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a fin de citar para dicho acto de formación de inventario a los acreedores desconocidos de don Francisco de Juan Cano, entregándose al procurador de la parte actora para que se encargue de su diligenciamiento.

Contra esta resolución cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días que se interpondrá por escrito ante este Juzgado.

Así lo mando y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).

Y para que sirva de citación en forma a los acreedores desconocidos de don Francisco de Juan Cano, se extiende la presente.—Doy fe.

En Parla, a 24 de septiembre de 2010.—La secretaria (firmado).

(02/10.251/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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