Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 259

Fecha del Boletín 
29-10-2010

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101029-6

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

6
Resolución de 22 de octubre de 2010, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se hace pública la composición del Tribunal que ha de juzgar el concurso-oposición para acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de la Comunidad de Madrid, convocado por Resolución de 30 de julio de 2010.

Por Resolución de 30 de julio de 2010, de la Dirección General de Recursos Humanos, se convoca concurso-oposición para acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación para cubrir plazas vacantes en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

La base quinta de dicha Resolución establece la composición del órgano de selección: Un presidente del Cuerpo de Inspectores, dos Vocales elegidos por sorteo de la relación de Inspectores de la Comunidad de Madrid y dos Vocales designados por el Director General de Recursos Humanos de entre el Cuerpo de Letrados o del Cuerpo Técnico de la Comunidad de Madrid.

El artículo 7 del Reglamento de Ingreso, Accesos y Adquisición de Nuevas Especialidades de los Cuerpos Docentes, aprobado por Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, exceptuado su carácter básico por la disposición final primera de dicho Real Decreto, establece con carácter general el sorteo para la elección de los Vocales y, asimismo, establece que en la composición de los tribunales se velará por el cumplimiento del principio de especialidad, con lo cual, la mayoría de sus miembros pertenecerán a los Cuerpos de Inspectores de Educación o de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa.

La Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid designa Presidente del Tribunal a un Inspector de Educación y Vocales a dos Inspectores de Educación elegidos por sorteo, con lo que se da cumplimiento al principio de especialidad y, a la vez, se procede al nombramiento de dos Vocales del Cuerpo de Letrados de la Comunidad de Madrid o del Cuerpo de Técnicos Superiores de la Administración General de la Comunidad de Madrid, que van a contribuir con sus conocimientos técnicos a la evaluación de los opositores en los aspectos jurídico-administrativos, que presentan una alta significación en los temarios objeto del examen y en la futura actuación inspectora.

Por todo lo anterior, esta Dirección General

RESUELVE

Primero

Hacer pública la composición del Tribunal, según Anexo a la presente Resolución.

Segundo

Los miembros del Tribunal tendrán derecho al percibo de dietas y gastos de locomoción, en el caso de que tengan que desplazarse fuera de su residencia oficial, quedando autorizados a utilizar cualquiera de los medios de locomoción a los que se refiere el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo (“Boletín Oficial del Estado” del 30), sobre indemnizaciones por razón del servicio. A los efectos previstos en el artículo 10 del citado Real Decreto, estos Tribunales deberán considerarse incluidos en el grupo segundo de los mencionados en su Anexo I.

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 30.1 de esta norma, los miembros del Tribunal tendrán la categoría segunda y solo devengarán una asistencia por sesión diaria, aun en el caso de celebración de más de una sesión en el mismo día.

Tercero

Si en cualquiera de los miembros del Tribunal concurrieran las circunstancias señaladas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se abstendrá de actuar, en cualquier caso, podrá ser recusado según prevé el artículo 29 de dicha Ley.

Además, deberán abstenerse de actuar todos aquellos miembros que hayan intervenido en la preparación de aspirantes para el ingreso al Cuerpo de Inspectores de Educación en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El plazo para manifestar la abstención o plantear la recusación será de diez días naturales contados a partir de la notificación de su nombramiento por la Dirección General de Recursos Humanos, mediante escrito dirigido a dicha Dirección General, Gran Vía, número 3, segunda planta, 28013 Madrid.

Cuarto

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Organización Educativa en el plazo de un mes, a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, a 22 de octubre de 2010.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

ANEXO

Titulares

Presidenta: Doña María Belén Aldea Llorente, Inspectora de Educación.

Vocales:

— Don José Luis García García, Inspector de Educación.

— Doña Marina Morales Baena, Inspectora de Educación

— Don Pablo Machuca Janini, Técnico Superior de la Administración General de la Comunidad de Madrid.

— Don Miguel Ángel Rodríguez Mateos, Técnico Superior de la Administración General de la Comunidad de Madrid.

Suplentes

Presidente: Don Juan Manuel Almohalla Burguillo, Inspector de Educación.

Vocales:

— Don Santiago Sánchez Martín, Inspector de Educación.

— Doña Josefina Fuentes Gómez, Inspectora de Educación.

— Doña Rosario López Ródenas, Letrada de la Comunidad de Madrid.

— Don Ernesto Alcázar Mendoza, Técnico Superior de la Administración General de la Comunidad de Madrid.

(03/40.621/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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