Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 259

Fecha del Boletín 
29-10-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101029-169

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

169
Ejecución 187 de 2010

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 896 de 2008, ejecución número 187 de 2010-JG, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge González Francés, contra don Juan Ferré Falcón, don Fernando Lesmes Sánchez, don José María Cortés Sánchez y “Garenae, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Providencia

Ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña María Luisa Gil Meana.—En Madrid, a 6 de octubre de 2010.

Dada cuenta; por presentado el anterior escrito, únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la sentencia de fecha 19 de mayo de 2010, y previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Hernani, número 59, segunda planta, de Madrid, el día 5 de noviembre de 2010, a las nueve y quince horas, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.

Notifíquese a las partes esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado (2805/0000/30/número de procedimiento y año), acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).

Así lo mando y firmo. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Garenae, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de octubre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/39.137/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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